Decreto N° 3014-2018
Modifica el anexo III
del Decreto Nº 158/92 sobre víaticos
Estado de la norma: DEROGADO por
Decreto Nº 3507-19.-
Publicado en B.O. 3327
del 14-09-18.-
Dictado el 05-09-2018.-
Operador del Digesto:
M.L.E.-
VISTO:
El Expediente Nº 8830/04, caratulado
"CONTADURIA GENERAL S/ ACTUACIÓN DE VIÁTICOS"; y
CONSIDERANDO:
Que resulta procedente la adecuación
de lo montos de los viáticos de las comisiones de servicios dentro y fuera de
la Provincia;
Que para tal fin es necesario proceder
a modificar el Anexo III del Decreto N° 158/92
, texto según Decreto N° 3087/17.
Que intervenido la Delegación de
Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Ministerio de Hacienda y Finanzas;
POR ELLO
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINICA
DECRETA:
Artículo
1º.-Modíficase, a
partir de la
fecha, el Anexo III del
Decreto N° 158/92
el que como Anexo forma parte del
presente Decreto.-
Artículo
2º.-En las comisiones
de servicios que
tengan como destino la localidad de 25 de Mayo, el viático diario
correspondiente será liquidado
de acuerdo al
Apartado A “Viático Fuera de la
Provincia” del Anexo III del Decreto N° 158/92 , siendo en este caso obligatorio
la presentación del comprobante de
facturación de los
gastos de alojamiento en
dicha localidad, junto
con el formulario "Rendición de Comisión
de Servicio". Dicho
comprobante deberá observar las normas de facturación vigentes.
Artículo 3°-Derógaseel Decreto N° 3087/17.
Artículo 4º.- El presente Decreto será
refrendado por el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.
Artículo 5º.- Dése al Registro Oficial y
al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase a Contaduría General de la
Provinica a sus efectos.