Decreto Nº 2865-2017
Se determinan los montos de los préstamos estudiantiles reintegrables correspondientes al período marzo-diciembre de 2017.
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O 3275 del 15-09-2017.-
Dictado el 05-09-2017.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.- Determínanse los montos de Préstamos Estudiantiles reintegrables, correspondientes al período marzo - diciembre de 2017, por un monto total según se indican en cada caso:
Préstamos para estudios de Nivel Terciario………$ 5.000.-
Préstamos para estudios de Nivel Universitario….$ 5.000.-
Artículo 2º.- Acuérdase la renovación y otorgamiento de Préstamos Estudiantiles Reintegrables por el período marzo - diciembre del corriente año a los estudiantes detallados en el Anexo que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 3º.- Déjase establecido que se producirá la inmediata caducidad y cancelación de los beneficios, otorgados en caso de que los adjudicatarios incurrieren por lo establecido en los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 967.-
Artículo 4º.- La Habilitación de Cultura y Educación, previa intervención de Contaduría General, transferirá al Banco de La Pampa la suma de $160.000,00 a los beneficiarios de Préstamos Reintegrables, por el período que se consigna.- (S/Expte. Nº 10231/17)