Decreto N° 2048-2020
Restablezcase la Caza Deportiva para el año 2020 en sus modalidades, Caza Deportiva Mayor, Caza Deportiva Menor y Caza Deportiva con Jauría.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en la Sep II del B.O. 3428 del 24-08-20.-
Dictado el 24-08-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-RESTABLEZCASE en todo el territorio de la Provincia de La Pampa la Caza Deportiva para el año 2020 en sus modalidades, Caza Deportiva Mayor, Caza Deportiva Menor y Caza Deportiva con Jauría, conforme lo regulado por el artículo 8º -primer párrafo-del Decreto 1247/20.
Artículo 2º: HABILITASE en todo el territorio de la Provincia de La Pampa la Pesca Deportiva, conforme los requisitos y condiciones establecidos en la Disposición Nº 029/20 de la Subsecretaria de Asuntos Agrarios.
Artículo 3º: HABILÍTASE en todo el territorio de la provincia de La Pampa la circulación de las personas entre localidades, de lunes a domingos sin restricción horaria, a los fines del desarrollo de dichas actividades.
Artículo 4º:Las personas alcanzadas por el artículoanterior, a efectos desu circulación deberán contar con el correspondiente Permiso de Caza o de Pesca, conforme lo regulado por Disposición Nº 425/19 y Nº 029/20 de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios.
Artículo 5º: Las actividades autorizadas alcanzan sólo a los habitantes residentes en la Provincia de La Pampa.
Artículo 6º.-Derógase el segundo párrafo del artículo 8º del Decreto N.º 1247/20.
Artículo 7º.-El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.