Decreto N° 2048-2020

Restablezcase la Caza Deportiva para el año 2020  en  sus  modalidades,  Caza  Deportiva  Mayor,  Caza  Deportiva Menor  y  Caza  Deportiva  con  Jauría.[1]

 

 

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en la Sep II del B.O. 3428 del 24-08-20.-

Dictado el 24-08-20.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

Artículo 1°.-RESTABLEZCASE en todo el territorio de la Provincia de La Pampa  la  Caza  Deportiva  para  el  año  2020  en  sus  modalidades,  Caza  Deportiva  Mayor,  Caza  Deportiva Menor  y  Caza  Deportiva  con  Jauría,  conforme  lo  regulado  por  el  artículo  8º -primer  párrafo-del  Decreto 1247/20.

 

Artículo 2º: HABILITASE en todo el territorio de la Provincia de La Pampa la Pesca Deportiva, conforme los  requisitos  y  condiciones  establecidos  en  la  Disposición  Nº  029/20  de  la  Subsecretaria  de  Asuntos Agrarios.

 

Artículo 3º: HABILÍTASE en todo el territorio de la provincia de La Pampa la circulación de las personas entre localidades, de lunes a domingos sin restricción horaria, a los fines del desarrollo de dichas actividades.

 

Artículo 4º:Las personas alcanzadas por el artículoanterior, a efectos desu circulación deberán contar con el  correspondiente  Permiso  de  Caza  o  de  Pesca,  conforme  lo  regulado  por  Disposición  Nº  425/19  y  Nº 029/20 de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios.

 

Artículo 5º: Las actividades autorizadas alcanzan sólo a los habitantes residentes  en  la  Provincia  de  La Pampa.

 

Artículo 6º.-Derógase el  segundo   párrafo   del   artículo 8º del Decreto N.º 1247/20.

 

Artículo 7º.-El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.

 

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.