DECRETO Nº 2046-2019
Apruébase el Estatuto Social de "Fiduciaria La Pampa S.A.P.E.M." creada por la Ley Nº 3142[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. Nº 3365 del 07-06-19.-
Dictado el 28-05-19.-
Operador del Digesto:M.L.E.-
Artículo 1º.-Apruébase el ESTATUTO SOCIAL de “Fiduciaria La Pampa S.A.P.E.M.” creada por la Ley Provincial Nº 3142 que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.-Facultase al Señor Ministro de Hacienda y Finanzas a suscribir el contrato social de “Fiduciaria La Pampa S.A.P.E.M.”, como así también a que designen mediante Resolución Ministerial, las personas que realizarán todos los actos necesarios para la constitución, inscripción y puesta en funcionamiento de la sociedad y aprobar las eventuales modificaciones al Estatuto que se aprueba por el artículo anterior.
Artículo 3º.-Autorízase al Ministro de Hacienda y Finanzas a realizar las previsiones presupuestarias a efectos de atender las erogaciones emergentes de la Ley N° 3142 y el presente Estatuto.
Artículo 4º.-El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las siguientes partidas del Presupuesto vigente: 0-H-01-0-790-02-070-01-03-00-000 -8810 -FIDUCIARIA LA PAMPA S.A.P.E.M.-CLASE A -$ 800.000; 0-H-01-0-790-02-070-01-04-00-000 -8811 -FIDUCIARIA LA PAMPA S.A.P.E.M. CLASEB -$ 100.000; y0-H-01-0-790-02-070-01-05-00-000 -8812 -FIDUCIARIA LA PAMPA S.A.P.E.M. CLASE C -$ 100.000.
Para el Presupuesto año 2020 se afectarán las partidas presupuestarias que se indican a continuación: 0-H-01-0-790-02-070-01-03-00-000 -8810 -FIDUCIARIA LA PAMPA S.A.P.E.M.-CLASE A -$2.400.000; 0-H-01-0-790-02-070-01-04-00-000 -8811 -FIDUCIARIA LA PAMPAS.A.P.E.M. CLASE B$ 300.000; y0-H-01-0-790-02-070-01-05-00-000 -8812 -FIDUCIARIA LA PAMPA S.A.P.E.M. CLASE C -$ 300.000.
Para las partidas afectadas a ejercicios futuros deberá tomar conocimiento la Cámara de Diputados en Virtud de lo normado en el artículo 10 de la Ley N° 3 de Contabilidad vigente.
Artículo 5º.-Registrada regularmente "Fiduciaria La Pampa S.A.P.E.M.", el Ministerio de Hacienda y Finanzas cursará invitaciones a la totalidad de los Municipios, Cooperativas, Mutuales, personas de derecho público estatal y no estatal de la Provincia o personas jurídicas privadas, ofreciendo a éstos la posibilidadde suscribir e integrar el capital social de la sociedad, de la forma y modo establecidos en la Ley N° 3142, y otorgará como fecha límite a esos fines el 31 de Diciembre de 2019.