Decreto Nº 204-2009

 

Programa Provincial de Promoción Social “Madres”

 

 

Publicado en B.O. 2829 del 27-02-09.-

Dictado el 24-02-09.-

Operador Digesto: R.D.: MAB

 

Art. 1º.- Sustitúyase, a partir del 1 de febrero de 2009, el artículo 5° del Decreto N° 2502/05, modificado por Decretos números 402/06 y 1264/06, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 5°.- Las personas beneficiarias del Programa Social "Madres" recibirán un aporte mensual determinado de la siguiente manera:

 

1. PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($  450,00) para aquellas beneficiarias con dos (2) hijos a su cargo.-

2. PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) para aquellas beneficiarias con tres (3) hijos a su cargo.-

3. Adicionalmente, PESOS TREINTA ($ 30,00) por cada hijo, a partir del cuarto y hasta un máximo de seis (6) hijos.-

 

En todos los casos las beneficiarias deberán, en carácter de contraprestación, garantizar la escolarización de los menores de edad a su cargo, como asimismo la atención sanitaria integral de los mismos, a cuyo efecto la autoridad de aplicación establecerá los pertinentes procedimientos de acreditación.­-

 

TEXTO ANTERIOR DECRETO 1264-2006

Las personas beneficiarias del Programa Social “Madres”, recibirán un aporte mensual determinado de la siguiente manera:

 

1. Pesos Cuatrocientos ($ 400,00) para   aquellas beneficiarias con dos hijos a su cargo.-

  1. Pesos Cuatrocientos Cincuenta ($ 450,00) para aquellas beneficiarias con tres hijos a su cargo.-
  2. Adicionalmente, Pesos Veinticinco ($ 25,00) por cada hijo, a partir del cuarto y hasta un máximo de seis (6) hijos.-

 

En todos los casos las beneficiarias deberán, en carácter de contraprestación, garantizar la escolarización de los menores de edad a su cargo como asimismo la atención sanitaria integral de los mismos, a cuyo efecto la autoridad de aplicación establecerá los pertinentes procedimientos de acreditación.-