Decreto N° 182-2019
Modifica el Decreto Nº 988/18 el cual aprueba el Plan Provincial de Viviendas Sociales
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3348 del 08-02-19.-
Dictado el 01-02-19.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Sustitúyase el artículo 4°del Decreto N° 988 de fecha 27 de abril de 2018, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4°.-El monto a otorgar a los Municipios en su calidad de UNIDAD EJECUTORA, será de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00), por unidad de vivienda nueva que se construya”.
Artículo 2°.-Sustitúyase el artículo 6°del Decreto N° 988 de fecha 27 de abril de 2018, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 6°: Se establece que los destinatarios de las viviendas sociales son grupos familiares propuestos por el Municipio, inscriptos en el Organismo de Vivienda, cuyos ingresos no superen los DOS (2)Salarios Mínimos Vitales y Móviles, lo que se acreditará mediante declaración jurada del Intendente”