DECRETO Nº 1417-2013
SUSTITUYE EL ARTÍCULO 2° DEL DECRETO N° 2606/06.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en B.O. Nº 3034 del 01-02-2013.-
Dictado el 28-12-2012.-
Operador de Digesto: R. S.-
Art. 1º.- Sustituir el artículo 2° del Decreto N° 2606/06 - texto sustituido por el artículo 1° del Decreto N° 248/07-, por el siguiente:
“Artículo 2°.-Dejar establecido que las deudas en concepto de Impuesto a los Vehículos, incluyendo los intereses respectivos, que registren unidades modelo 1992 y anteriores respecto de los cuales se realice la verificación técnica vehicular, se reducirán en un 50%, exceptúase de lo dispuesto en el párrafo anterior los casos en que existieren iniciadas acciones ejecutivas de apremio”.-
Art. 2°.- Prorrogar hasta el 31 de Diciembre de 2013, las disposiciones contenidas en los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto N° 2606/06, con la modificación introducida por el presente.-