Decreto Nº 1296-2020

Sustituye el apartado 4 de artículo 3º del Decreto Nº 1247/20 que aprueba el “Protocolo de funcionamiento, sanitario y epidemiológico general aplicable a las actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales que no tengan previstos protocolos particulares.

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. 3421 del 03-07-20.-

Dictado el 17-06-20.-

Operador del Digesto: M.L.E..-

 

 

 

Artículo 1°.-SUSTITÚYASE el  Apartado  “4-”,   del   Artículo   3°,   del   Decreto   N° 1247/20, por el siguiente texto:

 

“4-Dictado     de     Clases     Presenciales     Deportivas, Culturales, Artísticas y Recreativas NO Dependientes y/o Vinculadas al Ministerio de Educación de la Nación y/o al Ministerio de Educación de la Provincia”.

 

Artículo 2°.-El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.