Decreto Nº 1296-2020
Sustituye el apartado 4 de artículo 3º del Decreto Nº 1247/20 que aprueba el “Protocolo de funcionamiento, sanitario y epidemiológico general aplicable a las actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales que no tengan previstos protocolos particulares.
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3421 del 03-07-20.-
Dictado el 17-06-20.-
Operador del Digesto: M.L.E..-
Artículo 1°.-SUSTITÚYASE el Apartado “4-”, del Artículo 3°, del Decreto N° 1247/20, por el siguiente texto:
“4-Dictado de Clases Presenciales Deportivas, Culturales, Artísticas y Recreativas NO Dependientes y/o Vinculadas al Ministerio de Educación de la Nación y/o al Ministerio de Educación de la Provincia”.
Artículo 2°.-El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.