DECRETO Nº 1249-2016

Delega en el Ministerio de la Producción las facultades correspondientes al Poder Ejecutivo para poder otorgar o denegar, mediante Resolución Ministerial, aportes no reintegrables

 

Estado de la norma: NO VIGENTE.-(Decreto Nº 331-19)

Publicado en B.O. Nº 3208 del 03-06-16.-

Dictado el 27-05-2016.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

Artículo 1º.- Delégase en el Ministerio de la Producción las facultades correspondientes a este Poder Ejecutivo contenidas en la Norma Jurídica de Facto N° 835, para poder otorgar o denegar, mediante Resolución Ministerial, en relación a la competencia que le es propia conforme lo determina la Ley N° 2872, aportes no reintegrables de hasta un máximo de $ 50.000,00, por vez y por Organización No Gubernamental e Institución de Bien Público Beneficiaria, y demás entidades descriptas en el artículo 3° de la Norma Jurídica de Facto N° 835 conforme modificatoria introducida por el artículo 27 de la Ley N° 2607.-