Decreto Nº 1246-2022

Delega en el Ministerio de la Producción la la facultad de otorgar o denegar aportes no reintegrables a Municipalidades, Comisiones de Fomento, Organizaciones no Gubernamentales e Instituciones de bien público.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3517 del 06-05-22.-

Dictado 02-05-22.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

Artículo 1°.- Delégase en el Ministerio de la Producción la facultad de otorgar o denegar aportes no reintegrables de hasta un máximo de $ 500.000,00 a Municipalidades, Comisiones de Fomento, Organizaciones no Gubernamentales e Instituciones de bien público, por vez y por beneficiaria en el marco de la Norma Jurídica de Facto N° 835.

 

Artículo 2°.- Derógase el decreto N° 331/19



[1] Nota: Título dado por el Digesto.