Decreto Nº 1246-2022
Delega en
el Ministerio de la Producción la la facultad de otorgar o denegar aportes
no reintegrables a Municipalidades, Comisiones de Fomento, Organizaciones no
Gubernamentales e Instituciones de bien público.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O.
3517 del 06-05-22.-
Dictado 02-05-22.-
Operador del Digesto:
M.L.E.-
Artículo 1°.- Delégase en el Ministerio
de la Producción la facultad de otorgar o denegar aportes no reintegrables de
hasta un máximo de $ 500.000,00 a Municipalidades, Comisiones de Fomento, Organizaciones
no Gubernamentales e Instituciones de bien público, por vez y por beneficiaria
en el marco de la Norma Jurídica de Facto N° 835.
Artículo 2°.- Derógase el
decreto N° 331/19