DECRETO 1101-1993

MODIFICA EL PUNTO 4) APARTADO B) DEL ARTÍCULO 1º DEL DECRETO 540/93.

 

 

Estado de la Norma: VIGENTE.

 

Publicado en B.O. Nº

Dictado el 18-06-1993.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

VISTO:

 

El expediente nº 1090/92 (Int. Tribunal de Cuentas), y el Decreto nº 540/93, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el citado decreto se reglamentó el artículo 34 – inciso c) subinciso 5º) apartado c) de la Ley nº 3, modificado por la Norma Jurídica de Facto nº 930;

 

Que el Tribunal de Cuentas de la Provincia sugiere a fs. 16, dar mayores precisiones en la norma reglamentaria respecto de esta temática, en especial en lo referido a las disposiciones a cumplir respecto a la justificación de la contratación directa a encuadrar en la normativa que se reglamenta así como quien es el funcionario responsable de tal justificación;

 

Que Contaduría General de la Provincia ha tomado la intervención que le compete;

 

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

ARTICULO 1º.-  Modifícase el punto 4) apartado b) del artículo 1º del Decreto 540/93, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“4) Antecedentes y documentación probatoria de donde surja la notoriedad o excepcionalidad de las condiciones del contratado que justifiquen su contratación, acompañado de un informe del titular de la jurisdicción que, bajo su responsabilidad avale el reconocido dominio en su campo de actuación y no solo en su especialización.”

 

ARTICULO 2º.-  El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas.

 

ARTICULO 3º.-  Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Tribunal de Cuentas a sus demás efectos.

 

 

 

FIRMANTES:

Dr. Ruben Hugo, MARIN –Gobernador de La Pampa-

Cr. Osvaldo Luis, DADONE –Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas.