Decreto Nº 877-2013

Otórgase a la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M la Concesión de Explotación sobre el Área "GOBERNADOR AYALA V" .[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3075 del 15-11-13.- 

Dictado  el 04-11-13.-

Operador del Digesto: M.L.E..-

 

 

 

VISTO:

 

          El Expediente Nº 8733/07 caratulado: "MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN - SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS Y MINERIA - S/CONTRATO DE CESION AREA  GOBERNADOR AYALA V A LA EMPRESA PAMPETROL S.A.P.E.M.; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que por Decreto Nº 242/07, el Poder Ejecutivo Provincial otorgó a la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M. el Permiso de Exploración y Eventual Explotación sobre las áreas mencionadas en la Ley Nº 2318, reglamentando los derechos y obligaciones en los Anexos  que forman parte del mismo;

 

          Que en su Anexo III se otorga a la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M. el Área denimonada "GOBERNADOR AYALA V";

 

          Que como consecuencia de lo expuesto anteriormente, la permisionaria y la provincia de La Pampa celebraron  un contrato para la Exploración y eventual  Explotación, Desarrollo, Transporte y Comercialización de Hidrocarburos en el Área denominada "GOBERNADOR AYALA V"; suscripto en fecha 04 de Julio de 2007;

 

          Que la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M. es titular del CIEN (100%) de los derechos y obligaciones emergentes del Permiso de Exploración y Eventual Concesión de Explotación, Almacenaje y Transporte de Hidrocarburos otorgado por el Poder Ejecutivo de la Provincia, mediante Decreto Nº 242/07 sobre el Área "GOBERNADOR AYALA V";

 

          Que con fecha 06 de diciembre de 2007, la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M., suscribió un contrato de Union Transitoria de Empresas (U.T.E.) con el Consorcio integrado por COMPAÑIA GENERAL DE COMBUSTIBLES S.A. y PETROLERA PIEDRA DEL AGUILA S.A. para las operaciones conjuntas de Exploración, Desarrollo y Eventual Explotación del Área "GOBERNADOR AYALA V"; formalizado en el marco legal establecido por el Articulo 10 del Contrato de Concesión celebrado con la Provincia (Decreto Nº 242/07), el Artículo 5 y concordantes de la Sociedad PAMPETROL S.A.P.E.M. y Ley Nº 2225 modificado posteriormente en un Contrato de UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS (U.T.E.) denominado "PAMPETROL S.A.P.E.M Y COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES S.A.";

 

          Que a fojas 187/188 corre agregada Disposición Nº 127/08 de la Subsecretaría de Ecología a través de la cual se ha eximido a la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M de presentar Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto Registración Sísmica 3D en el Área "GOBERNADOR AYALA V";

 

          Que a fojas 676, la Empresa "PAMPETROL S.A.P.E.M." mediante Nota Nº134/09 y documentación adjunta informa el hallazgo de hidrocarburos en los cuatro pozos de exploración denominados: Te,x1 (Terrazas); Av, x-1 (Alta Victa); El , x-1 (el Límite); I x-1 (Ique), y realiza la denuncia correspondiente, en un todo de acuerdo lo establecido en el artículo 3.27 del Contrato oportunamente firmado;

 

          Que a fojas 782/783 ha sido agregado copia certificada de Acta Final suscripta entre COMPAÑIA GENERAL DE COMBUSTIBLES S.A. por una parte y por la otra PAMPETROL S.A.P.E.M., considerada cada una individualmente como "PARTES" en la que se acuerda dar por resuelto el Contrato de UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS (U.T.E. ) denominado "PAMPETROL S.A.P.E.M Y COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES S.A." por considerar concluído su objeto;

 

          Que con fecha 16 e febrero de 2012 PAMPETROL S.A.P.E.M. convocó a un Concurso Público para la suscripción de un Convenio para exploración e integrar una UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS  para trabajos de Exploración y Eventual Explotación de Hidrocarburos en el Área "GOBERNADOR AYALA V";

 

          Que conforme Acta Nº 133 del Directorio de PAMPETROL S.A.P.E.M. obrante a fojas 798/799, se aprueba el Concurso Nº 02/12, para la selección de firmas y/o grupo de firmas para los trabajos exploratorios convocados e integrar una UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (U.T.E.) entre "PAMPETROL S.A.P.E.M" y la Adjudicataria;

 

          Que resultó adjudicataria la Empresa PETROQUIMICA COMODORO RIVADACIA S.A.;

 

          Que conforme surge de fojas 800/901, se firmó un Convenio de Exploración y Contrato de UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS (U.T.E.); respecto de éste último se acordó que el otorgamiento de la Concesión de Exploración del Área "GOBERNADOR AYALA V", determinará su inmediata entrada en vigencia;

 

          Que fojas 906, en fecha 06 de agosto de 2012, la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M., realiza la denuncia correspondiente ante la Autoridad de Aplicación sobre el descubrimiento de hidrocarburos en el pozo denominado CGC.LP . Terrazas X-1;

 

 

          Que fojas 925, la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M., realiza la denuncia correspondiente ante la Autoridad de Aplicación, de un nuevo descubrimiento de hidrocarburos en el pozo PCR.LP . Terrazas X-1001;

 

          Que fojas 926/927, en fecha 22 de febrero de 2013, la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M., solicita a  la Autoridad de Aplicación se declare a "GOBERNADOR AYALA V" es viable;

 

          Que a fojas 926/984 la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M. presenta el Programa Tentativo de Desarrollo de Inversiones para los próximos CINCO (5) años;

 

          Que a fojas 1146/1148, el Departamento Regalías y Control ha procedido al análisis de la situación económica financiera de la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M., determinando índices de liquedez y solvencia aceptables y el cumplimeinto de lo solicitado por el Artículo 2º de la Resolución Nº193/03 de la Secretaría de Energía de la Nación, en cuanto al patrimonio de la misma;

 

          Que a fojas 1208 el Director de Hidrocarburos y Biocombustibles teniendo en consideración antecedentes e Informes Técnicos, entre otras cuestiones refiere que la empresa PAMPETROL S.A.P.E.M., ha presentado un programa de desarrollo e inversiones para los próximos CINCO (5) años, el cual asciende a la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y DOS (u$s 16.859.042,00), y sugiere otorgar la Concesión de Explotación solicitada;

 

          Que a fojas 1253/1254 el Departamento de Regalías y Control que las Empresas PAMPETROL S.A.P.E.M y PETROQUIMICA COMODORO RIVADAVIA S.A., de acuerdo a los registros contables no registran deudas liquidas y exigibles en concepto de Regalías por el Área "GOBERNADOR AYALA V";

 

          Que a fojas 1260 la Empresa PETROQUIMICA COMODORO RIVADAVIA S.A. , ha prestado conformidad a la Propuesta Técnica - Económica, del Área "GOBERNADOR AYALA V";

 

          Que a fojas 1528/1530, el Director de Hidrocarburos y Biocombustibles informa que la documentación presentada conteniento estados contables al 31/12/2010, 31/12/2011 y 31/12/2012, fueron analizadas por la Gerencia de Riesgo Crediticio del Banco de La Pampa, y adjunta Informe que contempla entre otras cuestioes, la Resolución Nº 193/2003 de la Secretaría de Energía de la Nación;

 

          Que el artículo 3.25 dispone: "Corresponde al CONTRATISTA el derecho de obtener la concesión exclusiva de explotación de los hidrocarburos que descubra en el perímetro delimitado por el permiso de exploración, con arreglo a las normas vigentes al tiempo de otorgarse";

 

          Que han tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería, en el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y la Asesoria Letrada de Gobierno;

 

          Que ha tomado intervención la Contraloría Fiscal del Tribunal de Cuentas, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Ley Nº 513/69;

 

POR ELLO,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º.-Otórgase a la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M la Concesión de Explotación sobre el Área "GOBERNADOR AYALA V" en la Provincia de La Pampa, para realizar trabajos de Desarrollo y Explotación de Hidrocarburos bajo el régimen previsto en el Contrato de Concesión celebrado con la Provincia (Decreto 242/07) y concordantes de la Ley N° 2225, Ley N° 2318, de la Ley Nacional N° 26197 y demás normas complementarias y reglamentarias.

-El Área de la Concesión se halla delimitada por las siguientes coordenadas: proyección conforme GAUSS-KRUGGER, sistema geodésico INCHAUSPE 69

 

 

X

Y

1

5826500.00

 

 

2610000.00

 

2

5826500.00

 

2631200.00

 

3

5824510.93

 

2631200.00

 

4

5813500.00

 

2631200.00

 

5

 

5813984.00

 

2612587.39

 

6

5814588.30

 

2612761.40

 

7

5817590.30

 

 

2612410.90

 

8

5818598.60

 

2611781.20

 

9

5820047.79

 

2611463.50

 

10

5820047.79

2611710.47

11

5824152.50

2609871.76

12

5826466.23

2609791.45

13

5826466.23

2610000.00

 

Artículo 2º.-El plazo de vigencia de la Concesión que se otorga en el artículo 1º es en los términos establecidos en el artículo 3.23 del Contrato suscripto con la Provincia de La Pampa.-

 

Artículo 3º.-Apruébese el Programa de Desarrollo y Compromiso de Inversión por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y DOS (U$S  16.859.042,00) para un período de 5 años, correspondiente al Área "GOBERNADOR AYALA V", cuya Concesión de Explotación se otorga por el presente.-

 

Artículo 4º.-Instrúyase al Escribano General de Gobierno, de conformidad a lo prescripto en el artículo 55 dela Ley N° 17.319, a protocolizar, sin cargo,los instrumentos que la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería le remita en un plazo no mayor a 60 días de la fecha de publicado el presente, a saber: copia autenticada del presente Decreto y demás antecedentes que pudieran corresponder.

 

Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.

 

Artículo 6º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.