Decreto N° 623-2020

Establezcase, por un plazo de 120 días, la tasa de interes de los préstamos personales que otorga el Instituto de Seguridad Social  en los términos aquí establecidos.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. 3408 del 03-04-20.-

Dictado el26-03-20.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

Artículo 1°.-Establézcase a partir  del  1 de  Abril de  2020 y por un plazo de  120 días, la  tasa  de  interés  de  los  préstamos  personales  que  otorga el Instituto de Seguridad Social, en virtud del inciso a) del artículo  17  de  la  Norma  Jurídica  de  Facto  N°  1170  (t.o. 2000) según modificación introducida por Leyes N° 2091 y 2237, como se indica seguidamente:

Tasa: será variable. Se fijará en forma  mensual para el mes que se liquida cada cuota y en base a la tasa pizarra plazo fijo a 30 días en pesos del Banco de La Pampa SEM Casa  Central,  vigente  al  primer  día  hábil  del  mes  al  que corresponda  la mencionada  cuota,  con  un  adicional  del TRES  PUNTOS  PORCENTUAL  como  límite  máximo  a la tasa referida precedentemente.



[1] Nota: Título dado por el Digesto