Decreto Nº 5800-2022

Delégase  en  el Ministerio de Conectividad y Modernización la facultad de otorgar o denegar aportes no reintegrables a Municipalidades y Comisiones de Fomento, Organizaciones  no  Gubernamentales  e  Instituciones  de Bien Público.[1]

 

 

Estado de la norma: DEROGADO por Decreto Nº 3397-2023.-

Publicado en B.O. 3554 del 20-01-23.-

Dictado el 27-12-22.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

Artículo  1°.-Delégase  en  el Ministerio de Conectividad y Modernización la facultad de otorgar o denegar aportes no reintegrables a Municipalidades y Comisiones de Fomento, Organizaciones  no  Gubernamentales  e  Instituciones  de Bien Público para gastos de funcionamiento y erogaciones de  capital  hasta  la  suma  de  $  500.000,00  por  vez  y  por beneficiaria, conforme los términos de la NJF N° 835



[1] Nota de Redacción: Título dado por el Digesto.