DECRETO Nº 4049-2016

Reglamenta las contrataciones del Decreto Nº 1656/16

 

Estado de la norma: DEROGADO por Decreto Nº 1714-2019.

Publicado en B.O. Nº 2983 del 07-12-16.-

Dictado el 29-11-16.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

VISTO Y CONSIDERANDO:

 

            Que mediante el Decreto Nº 911/13 se aprobó los contenidos de los programas “Talleres de Contención y Reinserción”, “Capacitación y Supervisión” y “Cuidado y Asistencia por idóneos a personas en situación de vulnerabilidad bio - psico - social”;

 

          Que a través del artículo 38º del Decreto Nº 1656/16 se autorizó a los Ministros de Desarrollo Social y de Salud, a la Contratación, sin límites de montos y hasta la suma mensual de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS ($16.800) por cada profesional, técnico o idóneo que se contrate para llevar adelante los Programas establecidos en el Decreto Nº 911/13;

 

          Que a los efectos de una mejor administración, se hace necesario establecer un mecanismo acorde a las actuales necesidades de contratación;

 

          Que en consecuencia es necesario dictar la medida legal pertinente;

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Establécese que las contrataciones mencionadas en el artículo 38 del Decreto Nº 1656/16, que realicen los Ministerios de Desarrollo Social y de Salud, deberán contar con la previa autorización del Señor Gobernador.-

 

Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Desarrollo Social y los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas;

 

Artículo 3º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Desarrollo Social y al Ministerio de Salud a sus efectos.-