Decreto Nº 386-2021

Modifica el Decreto Nº 111-21 sobre habilitación de Salas cinematográficas. [1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en la Sep. II del B.O. 3455 del 26-02-21.-

dictado el03-03-21.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

Artículo  1°.-Sustitúyase  la  redacción  del  artículo  1°  del  Decreto  N°  111/21  el cual quedará redactadode la siguiente forma:

 

“Artículo 1°:HABILÍTANSE, en el marco del artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1033/20, las SALAS CINEMATOGRÁFICAS, en todo el ámbito de la Provincia de La Pampa”

 

Artículo 2°.-ESTABLÉCESE que las salas cinematográficas podrán desarrollar su actividad en el horario comprendido  entre  las  07:00  horas  y  la  01:00 horas del  día  siguiente.  Asimismo,  en  concordancia  con  lo previsto  por  el  Decreto  N°  272/21  se  permite  que  desarrollen  su  actividad desde  las  07:00  horas  hasta  las 02:00 horas del día siguiente, ÚNICAMENTE los días viernes, sábados y vísperas de feriado, cumpliendo el Protocolo oportunamente aprobado.

 

Artículo 3º.-El presente Decreto entrará VIGENCIA a partir de su publicación en el Boletín Oficial.



[1] Nota de redacción: Título dado por el Digesto.