Decreto N° 3275-2022

Fíjanse los haberes del personal de la Administración Pública Provincial a partir del 1 de agosto de 2022.

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Ratificado por Ley Nº 3502.-

Publicado en Sep. del B.O. 3538 del 30-09-22.-

Dictado el 18-08-22.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

Artículo 1°.-Fíjanse, a partir del 1 de agosto de 2022, los haberes del personal de la Administración Pública Provincial, en los montos y conceptos que para cada categoría se consignan en los Anexos I a XV, que forman parte integrante del presente decreto.

 

Artículo 2°.-El gasto que demande la atención del presente se imputará a las partidas específicas del presupuesto 2022.

 

Artículo 3°.-Comuníquese a la Cámara de Diputados de acuerdo con lo establecido en el artículo 2º último párrafo de la Ley Nº 1238.