Decreto Nº 3063-2022

Autorízase al Señor Ministro de Desarrollo Social a contratar en forma directa al  personal que cumplirá las  funciones  de  Técnico/a, Administrativo/a y /o Coordinador, para la ejecución del Convenio aprobado por Ley Nº 3443.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Última modificación: Decreto Nº 3949-22.-

Publicado en B.O. 3532 del 19-08-22.-

Dictado el 08-08-22.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

Artículo 1º.- Autorízase  al  Señor Ministro de Desarrollo Social a contratar en forma directa al  personal  que  integrará  el  equipo  responsable,  a  fin  de cumplir  las  funciones  establecidas.  Dicho  personal  será carácter  transitorio,  cuya  relación  se  creará  mediante  un contrato dé plazo determinado, acorde a las condiciones y montos  establecidos  en  dicho  Convenio.  Para  los  efectos de   esta   contratación   será   aplicable   el   procedimiento administrativo del artículo 43 del Decreto N° 1245/22.

Texto dado por decreto Nº 3949-22.

 

Texto anterior dado por Decreto 3063-2022:

Artículo  1°:Autorízase al Señor Ministro de Desarrollo Social a contratar en forma directa al  personal    que   cumplirá las  funciones  de  Técnico/a, Administrativo/a y /o Coordinador según lo establecido en la  cláusula  segunda  de  dicho  convenio.  Dicho  personal será  carácter  transitorio,  cuya  relación  se  creará  mediante un contrato de plazo determinado, acorde a las condiciones y montos en el Decreto Nº 535/21.

 

Artículo  2°.-Establécese  que    los    efectos    del    presente  Decreto  serán   aplicables,  única y  exclusivamente,  para  la    ejecución    del    Convenio  ratificado    por  Decreto  Nº 683/22 y aprobado por la Ley Nº 3443



[1] Nota: Título dado por el Digesto.