DECRETO Nº 209-2017

Modifica el Decreto Decreto N° 264-2016

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. Nº 3248 del 10-02-17.-

Dictado el -10-02-17.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

VISTO Y CONSIDERANDO:

 

          Que, a través del Decreto N° 264/16, el Poder Ejecutivo Provincial encomendó a la Subsecretaría de Juventud, Deportes, Recreación y Turismo Social el mantenimiento y conservación del Autódromo Provincia de La Pampa, facultando en consecuencia a dicha Subsecretaría y al Subsecretario de Hacienda, en forma conjunta, a autorizar y adjudicar o aprobar contratos de bienes y/o servicios y de obras con destino al mismo, previa autorización del Secretario General de la Gobernación.

 

          Que, por su parte, el artículo 2º del mencionado Decreto, ha encomendado a la Subsecretaría de Juventud, Deportes, Recreación y Turismo Social la explotación del mencionado predio, fomentando el desarrollo de las actividades deportivas, culturales y económicas, inherentes a su ámbito de competencia y vinculadas a las actividades que en el mismo se desarrollan;

 

          Que, asimismo, dicha Subsecretaría se encuentra facultada para fijar los valores de entradas y de accesos para los distintos eventos a desarrollarse en el Autódromo Provincia de La Pampa;

 

          Que, en virtud de lo antes expuesto, y tal como lo dispusiera el artículo 3º del reglamento referenciado para el año 2016, corresponde autorizar al Subsecretario de Juventud, Deportes, Recreación y Turismo Social y al Subsecretario de Hacienda, en forma conjunta, previa autorización del Secretario General de la Gobernación, a efectuar las contrataciones de provisión de bienes y servicios correspondientes para el mantenimiento, conservación y explotación del predio del Autódromo;

 

          Que, por ello, corresponde sustituir el artículo referenciado, adecuando asimismo el monto máximo de contratación por cada necesidad, mediante el procedimiento instrumentado por el último párrafo del artículo 2º del Decreto Provincial Nº 1656/16, y para cada evento a realizarse;

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Sustitúyese el Artículo 3° del Decreto N° 264/16, por el siguiente:

 

"Artículo 3°.- Autorízase al Subsecretario de Juventud, Deportes, Recreación y Turismo Social, y al Subsecretario de Hacienda, en forma conjunta, previa autorización del Secretario General de la Gobernación, a contratar la provisión de bienes y servicios en el Autódromo Provincia de La Pampa, tales como alquiler de baños químicos, servicio de camión atmosférico, alquiler de módulos, servicio de limpieza, alquiler de vallas de contención, servicio de grúa y alquiler de vehículos de rescate, servicio de sonido, provisión de artículos de limpieza, provisión de catering para sala de prensa y torre de control, provisión de los servicios de personal de acreditaciones y controles de entrada, personal para el mantenimiento de los alambrados perimetrales del Autódromo, personal auxiliar para el mantenimiento de la pista, persona auxiliar de banderilleros para la señalización en pista, como así también cualquier otro servicio o provisión de bienes debidamente justificado; hasta un monto de $350.000 por cada necesidad, mediante el procedimiento de contratación instrumentado por el último párrafo del artículo 2º del Decreto Provincial Nº 1656/16, para cada evento a realizarse.”

 

Artículo 2°.- Dejase sin efecto el Artículo 4º del Decreto N° 264/16.-

 

Artículo 3°.- El gasto que demande el presente Decreto será atendido con los créditos presupuestarios que a tales efectos asigne el Poder Ejecutivo.-

 

Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno y Justicia, Desarrollo Social, de Hacienda y Finanzas.-

 

Artículo 5º.- Dése al Registro Oficial, y al Boletín Oficial, publíquese, comuníquese y pase al Ministerio de Gobierno y Justicia, Desarrollo Social, de Hacienda y Finanzas.-