Decreto Nº 1879-2021

Incorpora artículo al Decreto Nº 52/2021 sobre montos de contratación. [1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3474 del 08-07-21.-

dictado el 25-06-21.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

Artículo  1°.-Incorpórase como  artículo  32  bis  al  Decreto    52/21,  el  siguiente:

 

“Artículo  32  bis.-Autorízase  al Presidente  del  Instituto Provincial   Autárquico   de   Vivienda,   a   la   contratación directa  y  hasta  la  suma  de  PESOS  OCHOCIENTOS  MIL ($  800.000,00)  para  la  reparación  y  readecuación  de  cada unidad de vivienda a los fines de su acondicionamiento y/o adaptación para otorgarles las condiciones de habitabilidad requeridas para su readjudicación.”.



[1] Nota de redacción: Título dado por el Digesto.