Decreto N° 158-2022

Deléganse   en   la Secretaría de Cultura las facultades correspondientes a este Poder Ejecutivo contenidas en la Norma Jurídica de Facto N°  835, para otorgar subsidios y aportes no reintegrables  .[1]

 

 

Estado de la norma: DEROGADO por Decreto Nº 3397-2023.-

Publicado en el B.O. 3505 del 11-02-22.-

Dictado el 31-01-22.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

Artículo   1º.-Deléganse   en   la Secretaría de Cultura las facultades correspondientes a este Poder Ejecutivo contenidas en la Norma Jurídica de Facto N°  835  y  sus  modificatorias,  para  otorgar  subsidios  a instituciones  comprendidas  en  la  citada  norma  y  Aportes no  reintegrables  a  Municipios  y Comisiones  de  Fomento, dando cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 1° del Decreto  Nº  2678/16,  hasta  un  máximo  de  $  300.000  por vez,   por Institución,   Municipalidad   y   Comisión   de Fomento.



[1] Nota: Título dado por el Digesto.