LEY Nº 3589.
Declarando el incremento del Presupuesto General de la Provincia, año 2024.
Estado de la norma: VIGENTE
Publicado en el B.O. 3644 del 10-10-24.-
Promulgada el 10-10-24.-
Sancionada el 10-10-24.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°: Sustitúyese el primer párrafo del artículo 4 0 de la Ley 3582 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 4 0 : Increméntase la alícuota prevista en la Ley Impositiva 2024 para las actividades desarrolladas por los Bancos u otras instituciones sujetas a la Ley de Entidades Financieras NO 21.526 que registren habilitadas ante el Banco Central de la República Argentina más de Treinta (30) Agencias y/o sucursales en el Territorio de la Provincia de La Pampa (Cód. Act. 641910, 641920, 641930 y 641941) fijándose en el veinte por ciento (20%).
El presente incremento tendrá vigencia desde el 1 0 de septiembre de 2024."
Artículo 2°: Comuníquese al Poder ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los diez días del mes de octubre de dos mil veinticuatro.
Sra. Alicia Susana MAYORAL, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.- Dr. Juan Manuel MEANA, Secretario Legislativo, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE NO 13035/24.-
SANTA ROSA, 10 OCT 2024
POR TANTO: Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese. -
DECRETO Nº 4131/24.- Sergio Raúl ZILIOTTO, Gobernador de La Pampa.- Lic. Guido Alberto BISTERFELD, Ministro de Hacienda y Finanzas –
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-CION: 10 de Octubre de 2024.-Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE (3589). –
José Alejandro VANNINI, Secretario General de la Gobernación.