RESOLUCIÓN –STJ- Nº 249-2016
Reconocimiento a profesionales mediadores que intervengan en la cuarta circunscripción judicial y se domicilien a más de 100 kilómetros [1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Dictada el 07-06-16.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Visto: El presente expediente, caratulado “SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PAMPA S/ Reconocimiento de gastos”; y
Considerando: Que mediante Acuerdo Nº 3384, este Superior Tribunal de Justicia creó y puso en funcionamiento en la ciudad de Victorica, una delegación de la Oficina de Mediación judicial con sede en Santa Rosa, disponiendo que sus funciones sean establecidas oportunamente por el Centro Público de Mediación Judicial (CE.PU.ME.JU.), ampliando asimismo, la competencia territorial de la citada Oficina a la Cuarta Circunscripción Judicial.
Que por nota de fecha 29 de abril de 2016, la Coordinadora del mencionado Centro, Dra. María del Carmen García Fava, manifiesta los inconvenientes que se observan al momento de prestar el servicio de mediación judicial en la Cuarta Circunscripción Judicial, debido al traslado de los profesionales mediadores, domiciliados en su mayoría en esta ciudad, proponiendo como solución, el establecimiento de un valor de UMED diferenciado para los profesionales mediadores que residen en la ciudad de Santa Rosa e intervienen en causas radicadas en la citada Circunscripción.
Que dicha presentación fue analizada por este Superior Tribunal en reunión de Acuerdo de fecha 11/05/2016, en la cual se resolvió reconocer un adicional en concepto de gastos de traslado.
Que conforme lo establece el art. 68 de la Ley Nº 2699 – Mediación Integral- la regulación de las retribuciones y honorarios de los profesionales intervinientes en los procesos de mediación, se efectuará a través de UMED, cuyo valor es equivalente a la Tasa General de Actuación estipulada por la Ley Impositiva, para los servicios de carácter judicial, que a la fecha se encuentra fijado en pesos trescientos veinte ($320,00) de acuerdo al art. 32 de la Ley Nº 2886 – Impositiva del año 2016.
Que conforme lo expuesto, y en función a las facultades previstas por el art. 38 de la Ley 2699, a efectos de no resentir el servicio de justicia brindado en la Cuarta Circunscripción Judicial, se estima pertinente disponer el reconocimiento de tres (3) UMED a aquellos profesionales mediadores que intervengan en causas radicadas en la ciudad de Victorica y que se domicilien a más de 100 kilometros, en concepto de gastos de traslado, el cual deberá afrontarse con la cuenta especial creada por el art. 73 de la citada Ley, “Fondo de Financiamiento Mediación Integral”.
Por ello, el Superior Tribunal de Justicia
RESUELVE:
Primera: Reconocer a los profesionales mediadores que intervengan en causas radicadas en la ciudad de Victorica y que se domicilien a más de 100 kilómetros, el valor de tres (3) UMED, en concepto de gastos de traslado, por viaje realizado.
Segundo: El reconocimiento, se aplicará a las mediaciones judiciales que se realicen con posterioridad a la fecha de la presente resolución, y deberá incluirse en la factura de honorarios correspondientes, en un renglón aparte bajo el concepto “Reconocimiento traslado más de 100 kilómetros”
Tercero: Regístrese. Notifíquese. Protocolícese.