NOTA Nº 11-2012    -CM-

 

 

Dictada el 29-03-2012.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

Señores

Tribunal de Cuentas de la Provincia

Su Despacho

 

 

Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, por disposición de Presidencia, a fin de poner en su conocimiento el Acuerdo Nº 776 del Consejo de la Magistratura, por el cual se adhiere al régimen de contrataciones del Poder Judicial.

Al efecto adjunto copia certificada del citado Acuerdo.

Saludo a ustedes con atenta y distinguida consideración.

 

 

 

FIRMANTE:

Dr. Eduardo Oscar Collado

Secretario

Consejo de la Magistratura

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ACUERDO Nº 781-1975

MODIFICA EL RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DEL CONSEJO DE LA

MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA[1].

 

 

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil doce, reunido en Acuerdo el Consejo de la Magistratura, integrado por su Presidente, Dr. Eduardo Fernández Mendía, y los Consejeros, Dr. Daniel Pablo Bensusan, Sra. Maria Patricia Lavín y Dr. Hugo Mario San Pedro, con la actuación del Secretario, Dr. Eduardo Oscar Collado.-- ACORDARON:-------------------------------------------------------------------------------------------------------------Modificar el Régimen de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Provincia. Adherir al Acuerdo Nº 2841 –Punto Segundo- y modificatorios Nº 2873 y 3106 del Superior Tribunal de Justicia. Visto que mediante Acuerdo Nº 582/09, el Consejo de la Magistratura, aprobó el Régimen de Contrataciones fijando montos y estableciendo un detalle de autorizaciones previas y aprobación de contrataciones que regulan el funcionamiento del Organismo.---------------------------------------Que el Superior Tribunal de Justicia, por Acuerdo Nº 2841 –Punto Segundo- y anexos, de fecha 20 de septiembre de 2010, modificado por Acuerdos Nº 2873 y 3106, dispuso incorporar e implementar dentro del esquema de Contrataciones de ese Superior Tribunal de Justicia, la modalidad del esquema de compra directa con pedido previo de precio a tres (3) proveedores, a fin de lograr una mayor eficacia y celeridad en el procedimiento de compra de bienes y contratación de servicios.------------------------------Que atento lo expuesto se considera conveniente adherir al régimen de contratación directa establecido en el Acuerdo Nº 2841 –Punto Segundo-, cuyo monto será comprendido desde Pesos: siete mil setecientos noventa y uno con un centavo ($ 7.791.01) hasta el máximo de Pesos veinticinco mil ($ 25.000).--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En razón de lo expuesto, el Consejo de la Magistratura, RESUELVE:-------------------------------------------Primero: Modificar el Régimen de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Provincia de La Pampa, el que quedará integrado conforme se detalla en el Anexo I del presente Acuerdo. Segundo: Adherir al Régimen de “Compra directa con pedido previo de precios a tres (3) proveedores”, dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia mediante Acuerdo Nº 2841 –Punto Segundo- y Anexos II, III, y IV, modificado por los Acuerdos Nº 2873 y 3106, cuyo monto será comprendido desde Pesos: siete mil setecientos noventa y uno con un centavo ($ 7.791,01) hasta el máximo de Pesos veinticinco mil ($ 25.000), con la salvedad de que el apartado 5) del Anexo II, deberá decir; “En el informe de adjudicación, (modelo de Acta – Anexo IV), deberá constar la justificación en cada caso –de la decisión adoptada, y será suscripto por el Presidente del Consejo de la Magistratura”. Tercero: Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Cuarto: Regístrese, protocolícese, notifíquese.------------------------------------------------------------------------------------------------------------Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación, firman los Sres. Consejeros arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.----------------------------------------------------------------------------  

 

 

FIRMANTES:

Dr. Eduardo FERNÁNDEZ MENDÍA, Presidente.

Dip. María Patricia LAVÍN, Consejera.

Dr. Daniel Pablo BENSUSAN, Consejero.

Dr. Hugo Mario SAN PEDRO, Consejero.

Dr. Eduardo Oscar COLLADO, Secretario Consejo de la Magistratura.



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.