ACUERDO Nº 3225 –STJ-

 

Dictado el 07-05-2013.-

Operador Digesto: R.S.-

 

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los siete días del mes de mayo de dos mil trece, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente Víctor Luis MENÉNDEZ; y los Sres. Ministros, Dres. Elena Victoria FRESCO, Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA, Tomás Esteban MUSTAPICH y Hugo Oscar DIAZ, con la actuación del Secretario Legal, Dr. Horacio Esteban di NÁPOLI.-------------------------------------------------------------------------------------------- ACORDARON:------------------------------------------------------------------------------------------Modificar el punto “A” del ANEXO II del Acuerdo Nº 3137/11, que aprueba el “Régimen de viáticos y gastos de movilidad para el Poder Judicial de la Provincia de La Pampa”.---------- Visto y Considerando, que en el Anexo II del citado Acuerdo se establecen el monto de viático diario, fuera y dentro de la provincia, para Magistrados, Funcionarios y empleados de este Poder Judicial. Que mediante nota de fecha 3 del corriente mes y año el Señor Secretario de Economía y Finanzas, C.P.N. Carlos Miralles, pone en conocimiento que debería considerarse la necesidad de adecuar los montos de los viáticos del poder judicial, a los actuales valores que rigen para los servicios que deben  utilizarse para una comisión. Agrega además, que tal circunstancia se propone debido a las dificultades que se presentan al momento de realizarse comisiones de servicios por parte de miembros del Poder judicial, dado a lo insuficiente que resultan los importes actuales para hacer frente a los gastos que las mismas demandan (alojamiento, manutención, etc…). Que este Cuerpo considera razonable lo expuesto por el citado Funcionario y además comparte los criterios y la adecuación que en la misma nota se realiza. En consecuencia, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Primero: Actualizar los montos de viáticos diarios para fuera y dentro de la Provincia para los Magistrados, Funcionarios y agentes del Poder Judicial. Segundo: Modificar el inciso “A” del Anexo II del Acuerdo Nº 3137/11, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“A – VIÁTICOS FUERA DE LA PROVINCIA:

A.1) Viático diario: $ 750 (Pesos setecientos cincuenta) (Magistrados y Funcionarios).

A.2) Viático diario: $ 630 (Pesos seiscientos treinta) (Agentes).”

Tercero: Establecer que los montos de los viáticos dentro de la Provincia quedarán actualizados automáticamente de acuerdo a los porcentajes dispuestos en el inciso “B” del Anexo y Acuerdo citados. Cuarto: La presente modificación comenzará a regir a partir del día de la fecha.----------------------------

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación, firman los señores magistrados arriba nombrados, todo por ante mí, de lo que doy fe.-----------------------------------------------------------------------------------

 

 

FIRMANTES:

Dr. Víctor Luis MENÉNDEZ, Presidente

Dr. Tomas Esteban MUSTAPICH, Ministro

Dra. Elena Victoria FRESCO, Ministro

Dr. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA, Ministro

Dr. Hugo Oscar DIAZ, Ministro

Dr. Horacio Esteban di NÁPOLI, Secretario Legal.