MEMORANDUM Nº 01-2013 -S.M.C.-
Sobre procedimientos y plazos a tener en cuenta para solicitudes de autorización de publicación y/o avisos de comunicación
Dictado el 20-05-13.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
Producido por: SUBSECRETARÍA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Para información de: MINISTROS, SECRETARIOS, SUBSECRETARIOS, DIRECTORES Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
ASUNTO: PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS A TENER EN CUENTA PARA SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE PUBLICACIÓN Y/O AVISOS EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN
En el servicio de comunicación y/o publicidad del Estado que administra esta Subsecretaría, es importante considerar cada uno de los pasos que tiene impacto en los costos para la contratación de los servicios. Tan habitual como es el contrato de pauta en los medios, lo es el de proveedores cuya tarea es la de realizar la producción que permita instalar la mencionada pauta en radios, televisión, gráfica y páginas web; como así también ordenar impresiones de distribución masiva mediante la industria editorial. Dado que ninguno de los medios incluye la producción de comunicación y/o publicidad, es imprescindible contar con el rubro elaboración para dichas piezas gráficas; como es: diseño, guión, selección de imágenes de video y la fotografía.
Esta Subsecretaría de medios de Comunicación establece los tiempos y formas para solicitar autorización y visado del sujeto de asesores de imagen.
La función asignada por el Señor Gobernador, es: controlar y pautar todo aviso de carácter institucional de índole publicitario, promocional e informativo de cada jurisdicción de gobierno, ordenado por el Poder Ejecutivo. Encuádrese aquí: avisos editados para radio, televisión, banners para páginas web o diarios digitales y al diseño de gráfica en periódicos, revistas, cartelería en vía pública, gigantografías, afiches y folleterías, marca de gobierno en indumentaria, o en vehículos; destinados a promover o difundir actividades culturales, educativas, de esparcimiento o deportivas. Y en todas aquellas correspondientes a programas de prevención de salud, tanto como las de seguridad e información. A efectos de lograr por medio de la comunicación audiovisual la unificación de criterios de la imagen y el mensaje pretendidos por el gobierno.
La producción de la pauta de propaganda institucional en cualquiera de sus formatos, se considerará como publicidad, por ser la pieza inicial y la que será reproducida y difundida por el TIC.
PROCEDIMIENTO:
1- Se deberán solicitar para los trámites que hacen este Memorandum:
a) Autorización previa mediante nota, indicando claramente lo pretendido, el costo y el fin perseguido.
b) Cumplido el paso precedente, será necesario remitir a esta Subsecretaría el modelo de lo realizado para su examinación.
2- Si el material reúne todos los aspectos pretendidos desde el aspecto comunicacional, se dará curso al organismo licitante para su realización definitiva.
3- Si resultara observado, volverá al organismo al que pertenece para que se le efectúen las correcciones; y una vez modificadas regresará a Medios de comunicación para la aprobación definitiva.
4- Cuando sean licitaciones públicas, se deberá indicar específicamente los motivos de las mismas, como fecha de publicación y apertura. Las licitaciones públicas que avisan en los medios gráficos, se regirán por el mismo procedimiento; salvo que razones de urgencias justifiquen la excepción. Todos los organismos pueden enviarlas ya diseñadas o solicitar su diseño.
5- Esta Subsecretaría es el único organismo autorizado a canalizar las órdenes de publicidad para cualquiera de los medios de comunicación.
Firmante:
LIC. ANDREA VANESSA MASCELLI, A/C Subsecretaria de Medios de Comunicación.-