Resolución Nº 46-2013 -Sub Secretaría de Turismo-

Aprueba Anexo sobre aplicación y excepción de aranceles para personas y vehículos, a las carreras a desarrollarse el próximo 1 y 2 de junio de 2013

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. N.º 3051 del 31-05-13.-

Dictado el 29-05-13.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

Artículo1º.- Apruébese el Anexo sobre aplicación y excepción de aranceles para personas y vehículos, a las carreras a desarrollarse el próximo 1 y 2 de junio de 2013, correspondientes a la 4º fecha puntuable por el Campeonato Argentino del SuperTurismo Competición 2000 y de las categorías fórmula Renault 2.0  y Fiat Abarth Competizione .-

Artículo 2º.- Los fondos recaudados del evento serán depositados en la cuenta corriente bancaria de Tesorería General -Rentas Generales Nº1095/7 -Casa Central- del Banco de La Pampa S.E.M.-

ANEXO

Aranceles a aplicar en el evento del próximo 1 y 2 de junio de 2013. 4ta Fecha del Campeonato Argentino del SuperTurismo Competición 2000

1- Por persona, en concepto de Entrada General: PESOS CIENTO VEINTE ($120,00).

2- Por persona, en concepto de Entrada Preferencial: PESOS TRESCIENTOS VEINTE ($320,00).

3- Por cada rodado tipo “liviano” (automóvil, camioneta o utilitario, incluyendo casillas rodantes y trailers): PESOS CUARENTA ($40,00).

4- Por cada rodado tipo “pesado” (camión, colectivo, motorhome): PESOS OCHENTA ($80,00).

Los aranceles detallados se abonan por única vez para todo el evento.

Excepciones al pago del arancel

1- Mujeres.-

2- Hombres, menores a 16 años y mayores a 64 años.

3- Beneficiarios de los Programas Provinciales “Tarjeta Alimentaria”, “Madres”, “Incentivo a la Formación”, “Ayuda a la tercera Edad” y “Jóvenes Convivir”.-

4- Beneficiarios de las pensiones graciables previstas en las Leyes Nº 786, Nº 787, Nº 830, Nº 1658, Nº 1877, Nº 1932, Nº 2123, N° 2226 y Nº 2343.-

5- Quienes acrediten discapacidad en el marco de Ley Nacional Nº 24901.-

6- Agentes de la Administración Pública Provincial, agentes municipales y personal de empresas privadas, que ingresen para prestar servicios de cualquier tipo, necesarios para el desarrollo del evento.-

7- Invitados por Ceremonial de Casa de Gobierno.-

Las excepciones al pago se aplican solo para el acceso al Sector General, salvo invitados del punto 7 autorizados a ingresar a la Tribuna Preferencial de Boxes.

No incluyen el derecho al estacionamiento, salvo los detallados en los puntos 5; 6 y 7.-