BUENOS AIRES,                                         

 

 

VISTO la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Nº 1375 del 13 de abril de 2004, y

 

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución MDS Nº 1375/04 se creó en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES y DESARROLLO HUMANO el PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL "MANOS A LA OBRA".

Que por el artículo 9º de la citada resolución se delegó a la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES y DESARROLLO HUMANO la facultad de dictar las normas reglamentarias que resulten necesarias para la aplicación del PLAN.

BUENOS AIRES,                                         

 

 

 

VISTO el Decreto N° 373/2004  y la Resolución MDS 1375/04 del Ministerio de Desarrollo Social, y,

 

CONSIDERANDO

Que el Decreto 373/04  ha establecido la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Social.

Que por Resolución Nºro 1375/04 del Ministerio de Desarrollo Social se ha configurado el marco general del Plan  Nacional de Desarrollo Local y Economía Social Manos a la Obra.

.

 

Que el propósito tenido en cuenta para la creación ddel el indicado PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL "MANOS A LA OBRA" es el de  ha sido constituir un sistema de apoyo a las iniciativas de desarrollo socioeconómico local, con destino a los sectores de bajos recursos, para su inclusión social, a través del apoyo a emprendimientos productivos comunitarios, familiares o unipersonales..

 

                                   Que dentro de los los objetivos generales de dicho del Plan se encuentranson la contribución a la mejora del ingreso de la población en situación de vulnerabilidad social en todo el país, la promoción de la economía social mediante el apoyo técnico y financiero a emprendimientos productivos de inclusión social generados prioritariamente por personas desocupadas o subocupadas en consecuente situación de vulnerabilidad social por personas o conjuntos de personas, en el marco de procesos de desarrollo local, y el fortalecimiento de organizaciones públicas y privadas a esos fines, así como el de espacios asociativos y redes, a efectos de mejorar los procesos de desarrollo local e incrementar el capital social, mejorando su efectividad y generando mayores capacidades y opciones a las personas, contando para ello con una adecuada descentralización de la toma de decisiones y de la asignación de recursos para la promoción de la actividad productiva de diversos actores sociales de cada localidad del país.

Que el PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL, "MANOS A LA OBRA" está destinado  redes.

prioritariamente a personas desocupadas o sub ocupadas, en consecuente situación de pobreza y/o vulnerabilidad social y que conformen experiencias productivas sea individuales, familiares o comunitarias, enmarcadas en procesos locales de inclusión social.

Que, a ese efecto, el indicado PLAN contempla el apoyo económico y financiero a emprendimientos productivos comunitarios, individuales o familiares de carácter agropecuario, industrial, comercial o de servicios.

Que, en ese mismo orden, se ha previsto el fortalecimiento institucional de los espacios de concertación local - Consejos Consultivos Locales y Provinciales de Ppolíticas Ssociales, el fortalecimiento de las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que puedan colaborar en la ejecución, la capacitación a equipos territoriales y formación de promotores y entidades intermedias locales y la promoción y apoyo a los espacios de intercambio y capacitación entre los emprendimientos del sector de la economía social en las distintas localidades y regiones.

Que, asimismo, el PLAN contempla la asistencia técnica y la capacitación en las instancias de formulación y ejecución de los proyectos industriales, agropecuarios, comerciales y de servicios, a ser brindada, en forma articulada y conjunta, con los equipos técnicos de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, de sus similares provinciales y/o municipales, de instituciones académicas y de organizaciones de la Sociedad Civil, para la formulación y el seguimiento de los procesos económicos productivos de gestión local.

Que el PLAN se implementa a través de procesos participativos e intersectoriales de nivel local partiendo de las potencialidades de cada territorio.

 

Que, precisamente, la estrategia de intervención del PLAN tiende a promover la producción y/o comercialización de bienes y/o servicios, a fin de mejorar, de manera sostenible, los ingresos y la calidad de vida de la población, con niveles crecientes de equidad e inclusión social.

                      

Que en tal sentido, el PLAN prevé que las ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL también podrán acceder a los recursos del PLAN, pudiendo actuar como eficaces colaboradores en la gestión local de la selección de beneficiarios y de la racional asignación de los recursos en el respectivo territorio, en función de la promoción de emprendimientos productivos comunitarios, familiares o  unipersonales, en orden a la inclusión social de sus miembros.

Que por Resolución N° xx del Secretario de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social se ha reglamentado una línea de acción para la promoción y ayuda a los emprendimientos productivos familiares o unipersonales locales, sea industriales, agropecuarios, comerciales o de servicios, con la colaboración de organizaciones de la Sociedad Civil con reconocida participación a nivel local en el campo social.

Que, a fin de completar el proceso de reglamentación del Plan,  resulta nnecesario avanzar en la definición de los aspectos operativos a fin de posibilitar una gestión eficiente e integral,  que garantice  la transparencia en la gestión y estableciendo los criterios y procedimientos de presentación, evaluación, puesta en marcha y rendición de cuentas de los proyectos en el marco del PLAN Manos a la Obra, que impulsa el Ministerio de Desarrollo Social.

Que a efecto de a fin de dar continuidad jurídica a los convenios suscriptos con las Municipalidades, Comunas y ONGs del País, en el marco del Programa XX (BANCO POPULAR DE LA BUENA FE) creado por Resolución MDS 1130/2002,  PROGRAMA REGIONAL DE EMPRENDIMIENTOS SOCIALES (REDES) creado por Resolución MDS y MA Nº 749/2000, Resolución ex SPS Nº 249/2002 y Resolución ex SPS Nº 029/2003, PROGRAMA DE EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS SOLIDARIOS (EPS) creado por Resolución MDS Nº2186/2002 y Resolución ex SPS Nº 37/2003, y PROGRAMA PRODUCTIVO PARA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA (PPSA) creado por Resolución MDS Nº 243/2003,  es necesario determinar que éstos permanecerán vigentes en todos sus términos, debiendo adecuarse su continuidad, ando su implementación y operatoria a los lineamientos del a través del Plan Nacional MANOS A LA OBRA, conforme a lo establecido por la Resolución MDS Nº 1375/04 y a lo determinado por la presente norma.

Que el Plan Nacional MANOS A LA OBRA será financiado con los recursos presupuestarios asignados en el presupuesto año 2004, al Programa xx24.

Que es menester dejar sin efecto las Resoluciones MDS Nº 1130/2002 que creo el Programa XX (BANCO POPULAR DE LA BUENA FE), MDS y MA Nº 749/2000, Resolución ex SPS Nº 249/2002 y Resolución ex SPS Nº 029/2003 que crearon el Programa  Regional de Emprendimientos Sociales (REDES), las  Resoluciones MDS Nº2186/2002 y ResolucionResolución ex SPS Nº 37/2003 que crearon el Programa de Emprendimientos Productivos Solidarios (EPS) y la Resolución MDS Nº 243/2003 que creó el Programa Productivo para la Seguridad Alimentaria.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios, sus modificatorias y complementarias, elos Decretos357/02 y modificatorios, y Nº 473/04 373/04 y la Resolución MDS N°ª 1375  de fecha 13 de abril de 2004.

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO

DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º- Apruébase la operatoria general del PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL, "MANOS A LA OBRA", conforme a los lineamientos establecidos en la  a través de la presente Resolución y sus de los Anexos, los  complementarios que forman parte integrante de la presente.misma, según se detalla:

ANEXO I : OPERATORIA GENERAL DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL “MANOS A LA OBRA”,

ANEXO II: MODALIDAD EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS:

a) Manual Operativo

ba) Formularios de Presentación de Proyectos de Emprendimientos Productivos:

 Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Unipersonales y Familiares,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Autoconsumo,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos  Asociativos Comerciales, y Comunitarios,

 

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos- Encadenamientos Productivos,Cadenas Productivas,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos- Servicios de Apoyo a la Producción..

cc

b) Convenio entre la Secretaría de PolìticasPolíticas Sociales y el Municipio/ONG- Emprendimientos Productivos

dc) Documentación requerida para Eemprendimientos Productivos

ded) Acta Acuerdo por Contraprestación ONG

  Acta Acuerdo por Contraprestación Municipios

 efe) Formulario y Manual de Rendición de Cuentas

f) Formulario Rendición de Cuentas

 

ANEXO III: MODALIDAD FONDOS SOLIDARIOS

a) Manual Operativo.

b) Formularios  de presentación de proyectos de  modalidad Ffondos Ssolidarios para el Desarrollo

Formulario de presentación de proyectos Fondos Solidarios para el Desarrollo- REDES

Formulario de presentación de proyectos Fondos Solidarios para el Desarrollo - DESCENTRALIZADOS

Formulario de presentación de proyectos Fondos Solidarios para el Desarrollo – MICROCRÉDITOS- Banco Popular de la Buena Fe.

c

bc) Convenio entre la Secretaría de Polìticas Sociales y el Municipio/ONG- Fondos Solidarios

dc) Documentación requerida para Fondos Solidarios

ded)  Acta Acuerdo por Contraprestación

e) Formulario y Manual de Rendición de Cuentas

e) Formulario de Rendición de Cuentas

ff) Formulario y Manual de Evolución del Fondo

 

g) Planilla para Evolución del Fondo

 

ANEXO II: Formulario de Presentación de Proyectos,

  Anexo III: Informe de los Consejos Consultivos, Anexo IV Modelo de Convenio, Anexo V  Formulario de Acreditación de Fondos, etc.

ARTÍCULO 2º.- La gestión y coordinación del PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL, "MANOS A LA OBRA" estará a cargo de la  Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Economía Social.

 

 ARTICULO 3º- Establécese que a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, lDéjense sin efecto las Resoluciones MDS Nº 1130/2002 que creó el Programa XX (BANCO POPULAR DE LA BUENA FE), MDS y MA Nº 749/2000, Resolución ex SPS Nº 249/2002 y Resolución ex SPS Nº 029/2003 por las cuales se creó el  Programa Regional de Emprendimientos Sociales (REDES), las Resoluciones MDS Nº 2186/2002 y ResolucionResolución ex SPS Nº 37/2003 por las cuales se creó el Programa de Emprendimientos Productivos Solidarios (EPS) y la Resolución MDS Nº 243/2003 por la que se creó el Programa Productivo para la Seguridad Alimentaria (PPSA) .

ARTICULO 4º.- Los convenios suscriptos en el Marco del Programa XX (BANCO POPULAR DE LA BUENA FE), Programa Regional de Emprendimientos Sociales (REDES), Programa de Emprendimientos Productivos Solidarios (EPS) y Programa Productivo para la Seguridad Alimentaria (PPSA) permanecerán vigentes en todos sus términos, debiéndose ajustar continuando su implementación y operatoria a los lineamientos y operatoria general del desde el Plan Nacional MANOS A LA OBRA, conforme a lo establecido por la Resolución MDS Nº 1375/04 y la presente normativa.  

ARTICULO 45º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.

 

 

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº   

 


ANEXO I

 

OPERATORIA GENERAL DEL

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL

“ MANOS A LA OBRA”

 

1.      CARACTERISTICAS GENERALES DEL PLAN

 

El PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL, "MANOS A LA OBRA  propone fomentar el desarrollo de  proyectos productivos de utilidad social tanto comunitarios como comerciales, que incrementen las oportunidades de trabajo en el ámbito local, en el marco de un conjunto de actividades implementadas por el Gobierno Nacional, tendientes a fortalecer estrategias de inclusión social.

 

1.1.            OBJETIVOS DEL PLAN

 

El PLAN se plantea tres objetivos generales:

 

1. Contribuir a la mejora del ingreso de la población en situación de vulnerabilidad social en todo el país.

2. Promover el sector de la economía social o solidaria mediante el apoyo técnico y financiero a emprendimientosEmprendimientos productivos de inclusión social generados en el marco de procesos de desarrollo local.

3. Fortalecer a organizaciones públicas y privadas, así como espacios asociativos y redes para mejorar los procesos de desarrollo local e incrementar el capital social a nivel local, y generar mayores capacidades y opciones a las personas promoviendo la descentralización con la participación de los actores locales.

 

1.2.            ESTRATEGIA DE IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN

 

El plan se implementará a través de procesos participativos e intersectoriales de nivel local apoyando y fortaleciendo los espacios multiactorales. 

 

El aporte del plan se encuentra vinculado a procesos integrales de desarrollo local promoviendo que las organizaciones y grupos presenten sus iniciativas enmarcadas en estrategias más generales y sustentables de su localidad.  En este contexto se promoverá el fortalecimiento de los Consejos Consultivo Locales.

 

Los servicios del plan se brindarán conforme a los siguientes criterios estratégicos:

 

·         Gradualidad: implica adecuar los servicios ofrecidos al grado de desarrollo socio-institucional del territorio y de los emprendedores.

 

·         Accesibilidad: la asistencia técnica, la capacitación y el financiamiento deben ser social y culturalmente apropiables por los actores teniendo en cuenta las especificidades propias de la economía del trabajo, del contexto global y de la lógica de organización de los actores, ser cercanos geográficamente, de administración simple y oferta continua en el tiempo.

 

·         Institucionalidad: se busca promover directa o indirectamente la creación de condiciones que faciliten el desarrollo del conjunto de instituciones y normas de la economía social.

 

·         Articulación: se orienta hacia la construcción de relaciones de cooperación, coordinación y funcionalidad entre los distintos actores que intervienen en el proceso.

 

La estrategia de intervención del plan deberá ser flexible a fin de respetar los distintos realidades regionales, provinciales y locales considerando la voluntad política, las capacidades técnicas instaladas a nivel local y la participación de los actores.

 

1.3.            BENEFICIARIOS

 

El PLAN estará destinado  prioritariamente a personas, familias y grupos, en situación de pobreza, desocupación y/o vulnerabilidad social y que conformen experiencias productivas y/o comunitarias enmarcadas en procesos locales de inclusión social e inserción laboral.

 

1.4.            PRESTACIONES DEL PLAN

 

El  PLAN prestará los siguientes servicios:

·         Financiamiento de emprendimientosEmprendimientos productivos en sus diversas modalidades (, unipersonales y familiares, asociativos comunitarios y/o comerciales, encadenamientos productivos, fondos rotatorios y servicios a la producciónproducción).

·         Fondos Solidarios

·         Asistencia técnica a beneficiarios para la formulación y ejecución de proyectos.

·         Apoyo a la conformación y fortalecimiento de Cooperativas y Mutuales

·         Apoyo al fortalecimiento de organizaciones de la sociedad civil y Consejos Consultivos.

·         Capacitación a equipos técnicos provinciales y municipales

·         Capacitación a redes de emprendedores, organizaciones de segundo grado, encadenamientos productivos, servicios de apoyo a la producción y otros emprendimientos complejos.

 

 

 

 

1.5.            TIPOLOGIA  MODALIDAD DE LOS PROYECTOS

 El PLAN financiará loasAs siguientes tipos MODALIDADES de proyectos:

 

 

 

 

 

 

MODALIDAD  DE PROYECTOS

 

ACTIVIDAD ECONOMICA

 

FINANCIAMIENTO

 

1.Emprendimientos  Productivos

 

 

 

1.a.  Unipersonales y Familiares: comprende la producción de bienes y servicios destinados a mejorar los ingresos por parte de personas individuales y familias.

 

 

1.b.  de Autoconsumo : comprende proyectos sustentables asociativos destinados a la producción de bienes y servicios  para el autoconsumosatisfacer necesidades de sus miembros.

 

1.c. Asociativos Comerciales: comprende proyectos asociativos destinados a la producción de bienes y/o servicios y su comercialización. 

 

1.d.Encadenamientos Productivos:    proyectos que articulan la actividad económica de distintos Emprendimientos productivos asociativos.

 

-          Producción y distribución de alimentos, vestimenta y calzado

-          Servicios Personales

-          Bienes vinculados a la construcción, etc.

 

 

 

Actividades destinadas a la elaboración  de productos agroindustriales, manufacturas, servicios y comercios.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Proyectos destinados al fortalecimiento de Encadenamientos productivos.

 

 

 

-            Según Resolución específica.

 

 

 

-                  Subsidio de hasta $1500 con devolución en bienes y/o servicios del 20% del monto recibido.

- Administrado a través de ONG

-                  Monto máximo hasta $$145.000.-, para la compra de herramientas y materiales.

 

-          Subsidio de hasta $15.000 para la compra de herramientas y materiales

-          Subsidio y/o crédito

-          Gastos Operativos

- Contraparte sujeta a convenio

1.e Servicios a la producción: contempla proyectos que potencian las actividades económicas de los emprendimientos productivos y comerciales.

 

Proyectos destinados a fortalecer servicios a la producción y comercialización.

-          Subsidio y/o crédito

-          Gastos Operativos

- Contraparte sujeta a convenio

 

 

2. Fondos solidarios para el Desarrollo Local:

 

 

2.a. REDES: destinados a la generación de fondos rotatorios para créditos a través de municipios.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.b. Fondos descentralizados: destinados a la constitución de fondos rotatorios a través de organizaciones gubernamentales, no gubernamentales y mixtas.

 

 

 

 

 

2.c.) Bancos de la Buena Fe: destinado alpara:

i)              el fortalecimientos de instituciones locales representativas a través de créditos para proyectos productivos y/o comerciales.

i)           el fortalecimiento de instituciones locales representativas a través de microcréditos. 

 

 

Constitución de fondos  rotatorios para créditos y microcréditos .

 

 

 

 

 

 

 

-          Subsidios destinados a la generación de fondos rotatorios para créditos a través de muncipios y ONGS. para la constitución de fondos rotatorios de créditos sin tope, con cartera de proyectos

-          15% de asistencia técnica y capacitación

-          20% de contraparte

 

- Subsidios con transferencias parciales según convenio, previa presentación de un plan de trabajo con estrategia de financiación a emprendimientos.

-          10% para capacitación y asistencia técnica y gastos operativos.

-          Subsidios para fondos rotatorios de  y microcréditos de hasta $500.-

-          30% de asistencia técnica y capacitación

-            10% de Gastos para capacitación, asistencia técnica y gastos oOperativos.

 Contraparte sujeta a convenio

 

 

 

 

 

 

TIPO MODALIDAD  DE PROYECTOS

 

ACTIVIDAD ECONOMICA

 

FINANCIAMIENTO

0.            1Emprendimientos  Productivos y/o de Servicios

1.a.  Unipersonales y Familiares: comprende la producción de bienes y servicios destinados a mejorar los ingresos por parte de personas individuales y familias.

 

1.b. Asociativos Comunitarios: comprende la producción de bienes y servicios destinados al sostenimiento de procesos de integración comunitaria mediante la distribución y consumo de la autoproducción de sus miembros.

 

1.c. Asociativos Comerciales: comprende la producción de bienes y/o servicios destinados al sostenimiento de procesos de constitución como agentes económicos mediante la comercialización de lo producido y distribución del excedente entre sus miembros.

 

 

 

 

 

1.d.Encadenamientos Productivos:    proyectos que articulan la actividad económica de distintos Emprendimientos productivos asociativos. Los encadenamientos verticales articulan la actividad económica de distintos eslabones de una cadena productiva de agregado de valor y los horizontales  articulan distintas actividades económicas de un mismo nivel  procurando mejorar sus canales de comercialización y/o producción.

-

 

-            Producción y distribución de alimentos, vestimenta y calzado

-Servicios Personales

-Bienes vinculados a la construcción, etc.

 

-            Producción y distribución de alimentos, vestimenta y calzado

-            Servicios Personales

-            Bienes vinculados a la construcción

-            Bancos de herramientas

 

- Producción agropecuarios, pesqueros, agroindustriales.

- Elaboración de manufacturas: producción de insumos para la industria, producción de bienes vinculados a la construcción, producción de bienes no alimentarios

- Servicios y Comercio: servicios rurales agropecuarios, otros servicios y comercio, servicios personales, servicios de reparación, servicios vinculados a la construcción y mantenimiento edilicio.

 

Encadenamientos productivos horizontales o verticales de emprendimientos comerciales o asociativos comunitarios

 

 

 

Según Resolución específica.

 

 

 

 

-            Subsidio con devolución en bienes y/o servicios hasta 20% del monto recibido.

-            Monto máximo por proyecto hasta $ 5000.

 

 

 

-            Subsidios para materiales y herramientas

-            Subsidio: Monto máximo hasta $15 mil.

-            Crédito

-            Subsidio y Crédito

 

 

 

 

 

-            Crédito

-            Subsidio y/o crédito

-            Gastos Operativos

Contraparte sujeto a convenio

 

2.1.Emprendimientos Productivos

 

A.1.b. Asociativos Comunitarios: comprende la producción de bienes y servicios destinados al sostenimiento de procesos de integración comunitaria mediante la distribución y consumo de la autoproducción de sus miembros.

B.1.c. Asociativos Comerciales: comprende la producción de bienes y/o servicios destinados al sostenimiento de procesos de constitución como agentes económicos mediante la comercialización de lo producido y distribución del excedente entre sus miembros.

 

 

 

-Producción y distribución de alimentos, vestimenta y calzado

-Servicios Personales

-Bienes vinculados a la construcción

-Bancos de herramientas

 

- Producción agropecuarios, pesqueros, agroindustriales.

- Elaboración de manufacturas: producción de insumos para la industria, producción de bienes vinculados a la construcción, producción de bienes no alimentarios

- Servicios y Comercio: servicios rurales agropecuarios, otros servicios y comercio, servicios personales, servicios de reparación, servicios vinculados a la construcción y mantenimiento edilicio.

 

 

 

-Subsidio con devolución en bienes y/o servicios hasta 20% del monto recibido.

-Monto máximo por proyecto hasta $ 5000.

 

 

-Subsidios para materiales y herramientas

-Subsidio: Monto máximo hasta $15 mil.

-Crédito

-Subsidio y Crédito

-           

1.e Servicios a la producción: contempla proyectos que potencian las actividades económicas de los emprendimientos productivos como mejoras en la comercialización, reducción de costos y adaptación a nuevas tecnologías. 31.d.. Encadenamientos Productivos:    proyectos que articulan la actividad económica de distintos Emprendimientos productivos asociativos. Los encadenamientos verticales articulan la actividad económica de distintos eslabones de una cadena productiva de agregado de valor y los horizontales  articulan distintas actividades económicas de un mismo nivel  procurando mejorar sus canales de comercialización y/o producción.

Laboratorio Bromatologicos

Ferias

Desarrollo Tecnológico Encadenamientos productivos horizontales o verticales de emprendimientos comerciales o asociativos comunitarios

 

-            Crédito

-            Aportes de acuerdo a Convenio

-            Subsidio para capacitación, asistencia técnica y gastos operativos.

-Contraparte sujeto a convenio Crédito

-Subsidio y/o crédito

-Gastos Operativos

-Contraparte sujeto a convenio

 2. 4.  Fondos solidarios para el Desarrollo Local: apunta a la generación de fondos administrados por instituciones locales representativas

 Fondos rotatorios para financiamiento de unidades económicas asociativas, familiares o unipersonales.

 

 

-Subsidio para fondeo inicial

-Crédito

-Subsidio para capacitación, asistencia técnica y gastos operativos, hasta 15% del fondo

-Aporte de contraparte 20% a definir en el Convenio

 

5.1.e Servicios a la producción: contempla proyectos que potencian las actividades económicas de los emprendimientos productivos como mejoras en la comercialización, reducción de costos y adaptación a nuevas tecnologías.

Laboratorio Bromatologicos

Ferias

Desarrollo Tecnológico

-Crédito

-Aportes de acuerdo a Convenio

-Subsidio para capacitación, asistencia técnica y gastos operativos.

-Contraparte sujeto a convenio

 

 

  1. MARCO INSTITUCIONAL DEL PLAN

 

 La gestión del  PLAN se  llevará a cabo en  tres ámbitos de actuación: Nacional, Provincial y Local.

 

 

2.1. AMBITO DE ACTUACION NACIONAL

 

En el marco del Decreto N° 373/04 que establece la estructura del MDS, y de la Resolución Ministerial N° 1375/04 que crea el PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL “MANOS A LA OBRA”,  la Subsecretaría de  Desarrollo Territorial y Economía Social, y la Dirección Nacional de Fortalecimiento Social y las Direcciones de Emprendimientos Socioproductivos, de Capacitación y de Educación Social y Popular, a su cargo, serán responsables por la gestión y organización del Plan. Asimismo tendrán bajo su responsabilidad establecerestablecer las relaciones institucionales con otros organismos públicos y privados a nivel nacional, provincial y local y con los Consejos Consultivos y Organizaciones Sociales. 

 

a) FUNCIONES ESPECÍFICAS

 

La gestión operativa del plan desarrollará las siguientes funciones:

 

1.      Evaluación, Seguimiento y Asistencia Técnica de los proyectos

 

Consistirá en la evaluación de los proyectos productivos, la definición de los criterios de selección y seguimiento de los proyectos.  Asimismo deberá articular las demandas de asistencia técnica con la oferta disponible.

 

En sus funciones de asistencia técnica y acompañamiento de la evolución de los proyectos, se deberá asegurar el cumplimiento de los objetivos de los mismos para de lograr la inserción laboral de los beneficiarios.

 

 

2.      Capacitación y fortalecimiento institucional

 

A los fines de garantizar un modelo eficiente de gestión del Plan se deberán generar procesos de formación interna y consolidación de los equipos, promoviendo acciones de capacitación en desarrollo local y economía social para los diferentes actores que intervienen en el Plan.  En ese marco se llevarán a cabo acciones de fortalecimiento de los Consejos Consultivos Locales de Políticas Sociales a fin de promover su mejor incorporación a la estrategia del Plan. Las acciones que en este sentido financie el Plan deberán estar enmarcadas en el fortalecimiento de los emprendimientos productivos.

 

3.      Comunicación y difusión del Plan

 

Se diseñará la estrategia de comunicación y difusión del plan, llevando adelante la producción masiva de materiales (en soporte gráfico, audiovisual y sonoros) destinados a ser utilizados por los equipos técnicos, los promotores locales y agentes territoriales de acuerdo a las necesidades y a las demandas de la implementación del plan,  con lenguaje y metodología de comunicación popular.

 

4.      Monitoreo, Seguimiento y Evaluación del Plan

 

La tarea de monitoreo y evaluación de las acciones del Plan tendrá tres niveles::

·         Los proyectos formulados y aprobados

·         Los componentes del Plan

·         El Plan en general

 

En todos los casos, la evaluación deberá revisar la eficiencia, eficacia, pertinencia e impacto del Plan en relación con los objetivos propuestos.

 

Las tareas de Administración y Financiamiento, serán responsabilidad de las áreas correspondientes del MDS.

 

b)     COORDINADORES REGIONALES

 

Los Coordinadores Regionales de la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano se vinculan operativamente con la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Economía Social, para contribuir al desarrollo y fortalecimiento de los principales ejes del Plan Manos a la Obra.

 

2.2. AMBITO DE ACTUACION PROVINCIAL

En el ámbito de actuación provincial tendrán intervención las autoridades competentes del Gobierno Provincial,  y los referentes provinciales designados por la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano y los equipos técnicos de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Social .

Las autoridades provinciales representarán los intereses y expectativas del mismo en la gestión del Plan, realizarán los esfuerzos de coordinación y articulación para el logro de los objetivos y  acompañarán los procesos participativos del Consejo Consultivo Provincial y de los Consejos Consultivos Locales.

 

a)      REFERENTES  PROVINCIALES

 

Los Referentes Provinciales contribuirán a la articulación con las autoridades provinciales, municipales y con las organizaciones de la sociedad civil para la difusión del PLAN, el fortalecimiento de los espacios multiactorales de concertación local y para canalizar las demandas de asistencia técnica a cargo de los técnicos de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Social y/o de las instituciones asignadas por la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano a tal fin..  

¡

 

 

2.3. AMBITO DE ACTUACION LOCAL

En el ámbito de actuación local tendrán intervención las autoridades y equipos técnicos del Gobierno Municipal, y los Referentes  Provinciales y los equipos técnicos de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Social.

Las autoridades y equipos competentes del Gobierno Municipal representarán los intereses del Gobierno Municipal en la gestión del Plan MO, generarán los consensos necesarios para la definición de las líneas estratégicas de desarrollo local y economía social facilitando la presentación de proyectos  y el fortalecimiento del Consejo Consultivo Local de Políticas Sociales y las organizaciones sociales.

 

 

 

a) EQUIPO TÉCNICO LOCAL

 

Lo constituyen los equipos socioeconómicos del Municipio, y podrán ser convocados  técnicos de organizaciones sociales, académicas y de la producción vinculadas al desarrollo local.

Contribuirán a identificar los  potenciales beneficiarios  de proyectos, a brindar asistencia técnica al Consejo Consultivo Local y a los beneficiarios de los proyectos.  Asimismo conformarán y actualizarán el registro de proyectos presentados en el ámbito local.

 

2.4. CONSEJOS CONSULTIVOS

 

 Los Consejos Consultivos de Jurisdicción Nacional, Provincial y Municipal participarán en la promoción y seguimiento de las prestaciones del PLAN según se determine en la reglamentación específica.

 

3. CICLO OPERATIVO DE LOS PROYECTOS

3.1. DIFUSIÓN DEL PLAN

La difusión del PMO estará a cargo del Ministerio de Desarrollo Social, de las autoridades provinciales, municipales y de los Consejos Consultivos Provinciales y Locales que participan en la implementación del PLAN.

 

3.2.            ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS

 

Los proyectos serán elaborados por potenciales grupos de beneficiarios del PMO asistidos por los Equipos Técnicos Locales y las Organizaciones de la Sociedad Civil en el territorio para el diagnóstico, formulación y presentación de los mismos.

 

Los equipos técnicos nacionales y provinciales apoyarán la función de los Equipos Técnicos Locales.  El Coordinador Regional y los Referentes Provinciales identificarán las necesidades de asistencia técnica en tecnologías productivas, sociales y de gestión vinculando estas demandas con la oferta académica disponible en el nivel local y regional tanto pública como privada.

 

3.3.            PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

 

Los proyectos elaborados por potenciales grupos de beneficiarios del PMO, deberán contar con el aval institucional de los  Consejos Consultivos Locales quienes realizarán un informe acerca de la pertinencia de los proyectos en el marco de la estrategia de desarrollo local.  La presentación deberá ser realizada por los beneficiarios, a través del Municipio o de las Organizaciones de la Sociedad Civil, al Referente Provincial y/o a los técnicos responsables de la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano; quienes realizarán .

 

Los Referentes Provinciales (RP) realizarán el control administrativo de los proyectos presentados. Deberán verificar que el proyecto a financiar se encuentre comprendido en las tipologías previstas, que el formulario de presentación de proyectos (ANEXO II)  – b) se encuentre conformado en su totalidad, que posea el informe de pertinencia del Consejo Consultivo Municipal (ANEXO III¿?).

 

El Consejo Consultivo Provincial producirá el informe de pertinencia en el caso de proyectos que se desarrollen en  más de un municipio o comuna.

 

Cuando se trate de situaciones especiales, que no hayan sido contempladas por los procedimientos antes descriptos, el Secretario de Políticas Sociales y Desarrollo Humano dispondrá su tratamiento, con carácter de excepción.

 

La recepción de los proyectos a nivel nacional se efectuará en la Mesa de Entradas de la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano quien los derivará a la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Economía Social a fin de que se inscriban en el Registro Nacional de Proyectos del Plan Manos a la Obra y se deriven a los  Equipos Técnicos correspondientes.

 

3.4.            EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS

 

 La evaluación técnica de proyectos se realizará en función de los criterios de viabilidad institucionales, económicos y ambientales teniendo en cuenta aspectos relativos a la gradualidad, sustentabilidad, capacidad institucional, articulación y finalidad social.

 

Una vez analizados estos aspectos, los equipos de evaluación realizarán un dictamen de cada proyecto para determinar la viabilidad o no de la propuesta presentada. Los proyectos que no resultaran viables deberán ser devueltos a los Beneficiarios a través de los Municipios y Organizaciones de la Sociedad Civil para su reformulación. 

 

3.5.            APROBACIÓN DE PROYECTOS 

 

 

COMUNICACIÓN DE LA APROBACIÓN DE PROYECTOS

 

La Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Economía Social comunicará los listados de proyectos aprobados a Municipios y Organizaciones y los publicará en la página Web del Ministerio de Desarrollo Social.

 

Con los proyectos aprobados se procederá a la suscripción de un Convenio, entre la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano y  los responsables legales de los Municipios (Intendentes, Jefes de Comuna) y de las Organizaciones de la Sociedad Civil,  de acuerdo a lo establecido en el ANEXO IV “Modelo de Convenio”II c) o ANEXO III c),  según corresponda.  El objetivo de dicho Convenio es establecer los derechos y obligaciones de cada una de las partes, la fecha de inicio y finalización de las actividades, las metas y monto total del proyecto.

 

Asimismo los responsables legales de las instituciones que avalan la presentación de los proyectos aprobadoslos Municipios deberán presentar el Formulario para la Acreditación de Fondos (Anexo VII d) o ANEXO III d),  según corresponda) ) consignando los datos de la cuenta en las entidades bancarias habilitadas para tal fin bajo la denominación pertinente según el tipo de proyecto aprobado.

 

3.6.            TRANSFERENCIA DE RECURSOS

 

La transferencia de fondos se realizará con posterioridad a la firma de la resolución de aprobación  por parte de la  Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano.

 

3.7.            INICIO DE LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS

Una vez transferidos los recursos los beneficiarios comenzarán a ejecutar los proyectos de acuerdo en el plan de trabajo previsto en el mismo.

 

3.8.            SUPERVISIÓN Y ASISTENCIA DE LOS PROYECTOS EN LA EJECUCIÓN

Los proyectos serán supervisados por equipos técnicos calificado del Ministerio de Desarrollo Social y/o por técnicos de organismos públicos o privados con los cuales se firmarán convenios específicos para la realización de las tareas de supervisión y asistencia técnica.

 

Todos los proyectos serán supervisados para constatar el inicio de las actividades del proyecto y la utilización de los recursos para los fines solicitados, la evolución del proyecto a los efectos de detectar las necesidades de asistencia técnica por parte de los beneficiarios y la evaluación de la experiencia.

 

En cada una de las visitas el responsable de supervisión realizará un informe técnico destacando los principales problemas y avances del proyecto y formulará las recomendaciones pertinentes.

 

4.      EVALUACIÓN DEL PLAN

El Área de Evaluación, Seguimiento y Asistencia TécnicaLa Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Economía Social propondrá la metodología e instrumentos elaborará los términos de referencia, metodología e instrumentos  a fin de realizar evaluaciones de proceso, de resultados y de impacto de las acciones del Plan Nacional.

 

 


                                                                                                          ANEXO II

ANEXO II: MODALIDAD EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS:

a) Manual Operativo

b) Formularios de Presentación de Proyectos de Emprendimientos Productivos:

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Unipersonales y Familiares,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Autoconsumo,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Asociativos Comerciales,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos- Cadenas Productivas,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos- Servicios de Apoyo a la Producción.

c) Documentación requerida para Emprendimientos Productivos

d) Acta Acuerdo por Contraprestación ONG

  Acta Acuerdo por Contraprestación Municipios

 e) Manual de Rendición de Cuentas

f) Formulario Rendición de Cuentas

 


 

ANEXO III: MODALIDAD FONDOS SOLIDARIOS

a) Manual Operativo.

b) Formularios de presentación de proyectos de Fondos Solidarios para el Desarrollo

Formulario de presentación de proyectos Fondos Solidarios para el Desarrollo- REDES

Formulario de presentación de proyectos Fondos Solidarios para el Desarrollo - DESCENTRALIZADOS

Formulario de presentación de proyectos Fondos Solidarios para el Desarrollo – MICROCRÉDITOS- Banco Popular de la Buena Fe.

c) Documentación requerida para Fondos Solidarios

d) Manual de Rendición de Cuentas

e) Formulario de Rendición de Cuentas

f) Manual de Evolución del Fondo

g) Planilla para Evolución del Fondo

ANEXO II: MODALIDAD EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS:

a) Manual Operativo

b) Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Unipersonales y Familiares,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Autoconsumo,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Asociativos Comerciales,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Encadenamientos Productivos,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Servicios a la Producción.

c) Convenio entre la Secretaría de Políticas Sociales y el Municipio/ONG- Emprendimientos Productivos

d) Documentación requerida para Emprendimientos Productivos

e) Acta Acuerdo por Contraprestación

 f) Formulario y Manual de Rendición de Cuentas

 

 

 

 

 

                                                                                                                      ANEXO III

a) Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Asociativos Comerciales y Comunitarios,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Encadenamientos Productivos,

Formulario de Presentación de Proyectos Emprendimientos Productivos Servicios a la Producción.

b) Convenio entre la Secretaría de PolìticasPolíticas Sociales y el Municipio/ONG- Emprendimientos Productivos

c) Documentación requerida para emprendimientos Productivos

d) Acta Acuerdo por Contraprestación

 e) Formulario y Manual de Rendición de Cuentas


ANEXO III: MODALIDAD FONDOS SOLIDARIOS

a) Manual Operativo.

b) Formulario de presentación de proyectos modalidad Fondos Solidarios

c) Convenio entre la Secretaría de Políticas Sociales y el Municipio/ONG- Fondos Solidarios

d) Documentación requerida para Fondos Solidarios

e) Formulario y Manual de Rendición de Cuentas

f) Formulario y Manual de Evolución del Fondo

a) Formulario de presentación de proyectos modalidad fondos solidarios

b) Convenio entre la Secretaría de PolìticasPolíticas Sociales y el Municipio/ONG- Fondos Solidarios

c) Documentación requerida para Fondos Solidarios

d)  Acta Acuerdo por Contraprestación

e) Formulario y Manual de Rendición de Cuentas

f) Formulario y Manual de Evolución del Fondo

ANEXO II

FORMULARIO ÚNICO DE PRESENTACIÓN DE PROYECTOS


 

ANEXO III

INFORME DE PERTINENCIA DE LOS CONSEJOS CONSULTIVOS

 


ANEXO IV

CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y EL MUNICIPIO/ONG


 

ANEXO V

FORMULARIO PARA LA ACREDITACIÓN DE FONDOS


 

ANEXO VI