Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

Secretaría de Empleo

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 150/2003

Apruébase el Procedimiento para las Rendiciones de Cuentas de Municipios o Comunas en el Marco del Acta Complementaria N° 2 al Convenio S.E. N° 20/2000, suscripto entre la Secretaría de Empleo y la Administración Nacional de la Seguridad Social.

Bs. As., 23/5/2003

VISTO el Decreto N° 565 de fecha 3 de abril de 2002, el Convenio S.E. N° 20 de fecha 3 de abril de 2000 y sus Actas Complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 565/02 se creó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR destinado a jefes o jefas de hogar con hijos de hasta DIECIOCHO (18) años de edad, o discapacitados de cualquier edad, o a hogares donde la jefa de hogar o la cónyuge, concubina o cohabitante del jefe de hogar se hallare en estado de gravidez, todos ellos desocupados y que residan en forma permanente en el país.

Que por el Convenio S.E. N° 20/00 suscripto entre la SECRETARIA DE EMPLEO y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), se estableció el procedimiento correspondiente a la prestación del servicio de pago por cuenta de terceros con el propósito de atender a los operativos de pago que deban implementarse en el marco de todos los Programas de Empleo y/o Capacitación Laboral de pago directo, creados o a crearse e instrumentados a través de proyectos, planes, convenios y cursos.

Que a través del Acta Complementaria N° 2 al Convenio S.E. N° 20/00, se autorizó al Intendente o Jefe Comunal a percibir la ayuda económica de aquellos beneficiarios del PROGRAMA JEFES DE HOGAR aptos para el cobro y que así lo soliciten, siempre y cuando exista causal que lo justifique.

Que por la Cláusula Séptima de la mencionada Acta Complementaria, se establece dentro del procedimiento a seguir respecto de la mencionada autorización, que el intendente procederá al pago de las ayudas económicas emitiendo el recibo correspondiente, depositando el dinero correspondiente a los impagos en una cuenta habilitada a tal efecto; debiendo posteriormente, y en un plazo no mayor de TREINTA (30) días del otorgamiento de la autorización, efectuar la rendición al Consejo Consultivo en copia y a la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL en original del resultado del operativo de pagos.

Que en las cláusulas Octava, Novena y Décima se establecieron los pasos a seguir en orden a la rendición de cuentas efectuada por el titular de la intendencia o de la comuna correspondiente.

Que se ha elaborado el circuito operativo correspondiente con la participación de todas las áreas intervinientes en los procesos enumerados en el párrafo anterior, con el objeto de preservar el efectivo cobro de las ayudas económicas no remunerativas correspondientes al PROGRAMA JEFES DE HOGAR a sus legítimos beneficiarios.

Que siendo dicho circuito coherente con la normativa vigente y garantizando los principios de celeridad, economía, sencillez y eficacia, resulta conveniente su aprobación por vía resolutiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las funciones conferidas por el Decreto N° 565/02.

Por ello,

LA SECRETARIA DE EMPLEO

RESUELVE:

Artículo 1° — Aprobar el PROCEDIMIENTO PARA LAS RENDICIONES DE CUENTAS DE MUNICIPIOS O COMUNAS EN EL MARCO DEL ACTA COMPLEMENTARIA N° 2 AL CONVENIO S.E. N° 20/00, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2° — Aquellos municipios que no hubieran presentado las rendiciones de cuentas correspondientes por autorizaciones o apoderamientos colectivos anteriores al dictado de la presente, o que habiéndolas presentado resultaran incompletas, serán intimados por el término de QUINCE (15) días corridos para la regularización de dicho incumplimiento o cumplimiento parcial, bajo apercibimiento de no proceder a nuevas autorizaciones o apoderamientos colectivos hasta su definitiva aprobación, y de remitir los antecedentes correspondientes a la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS a fin de que se dé inicio a las acciones legales que se estimen pertinentes.

Art. 3° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada de la presente al Departamento Biblioteca y archívese. — Mirta Ward.

ANEXO I

PROCEDIMIENTO PARA LAS RENDICIONES DE CUENTAS POR COBRO DIRECTO DE LAS AYUDAS ECONOMICAS A INTENDENTES EN EL MARCO DEL ACTA COMPLEMENTARIA N° 2 AL CONVENIO S.E. N° 20/00

I. Formalidades de la Rendición.

1.1. Dentro de los TREINTA (30) días de otorgada la autorización correspondiente por vía de apoderamiento colectivo, en orden a lo dispuesto en el Acta Complementaria N° 2 al Convenio S.E. N° 20/00, el Intendente o Jefe Comunal, según corresponda, deberá entregar en la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de su jurisdicción, las Planillas Nros. I, II y III, correctamente confeccionadas y conjuntamente con el resto de la documentación respaldatoria (recibos de las ayudas económicas pagas y depósito de las ayudas económicas impagas).

1.2. En la Planilla I — Constancia de Importe y Cantidad de Recibos Retirados de la Entidad Bancaria —, se hará certificar por la Sucursal Bancaria pagadora el monto y cantidad de recibos entregados en virtud del apoderamiento colectivo. En caso de no presentarse esta Planilla, se entenderá que se ha entregado la totalidad de los recibos y el monto total de las ayudas económicas no remunerativas derivadas a cada Sucursal.

1.3. En la Planilla II — Listado de Beneficiarios Pagos e Impagos — se detallará el listado original de beneficiarios respecto de los que se efectúa el cobro, indicando específicamente aquellos que resultaron pagados y los que hubieran resultado impagos, debiendo coincidir la suma de unos y otros con el total de recibos entregados por la entidad bancaria, conforme la Planilla I.

1.4. En la Planilla III — Rendición Final del Municipio — se resumirá la cantidad de beneficiarios respecto de los que se efectuó el cobro colectivo, según hubieran sido pagados o hayan resultado impagos, e indicando, en este último caso, el Número de la Boleta de Depósito correspondiente donde se realizó el reintegro de las sumas no entregadas a sus titulares. La GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL entregará una copia firmada de esta Planilla III al Intendente.

II. Circuito Operativo. Tareas a realizar por área interviniente.

2.1. COORDINACION TECNICA Y DE PLANEAMIENTO (CTP)

a) Anteriores a la Rendición del Municipio:

Teniendo en cuenta que en diversas oportunidades se solicita el apoderamiento por una cierta cantidad de beneficiarios no coincidente con el listado efectivamente liquidado en un Municipio y/o Comuna determinada, la CTP enviará vía correo electrónico a la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL correspondiente, el listado de beneficiarios efectivamente elevados a ANSES.

b) Posteriores a la rendición del Municipio:

• Procederá a actualizar la base de pagos e impagos de acuerdo con el listado de beneficiarios consignados en la Planilla II y el listado de impagos recibido de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL correspondiente.

• Remitirá al SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO copia de las boletas de depósitos recibidas a efectos de la imputación contable que deba efectuarse.

2.2. GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

• Receptará del Intendente o Jefe Comunal autorizado al cobro colectivo por autorización de apoderamiento, las planillas I, II y III, más los recibos originales otorgados por los beneficiarios, y las boletas originales de los depósitos que se hubieran realizado por los montos impagos, o su copia certificada por la entidad bancaria correspondiente.

• Verificará y realizará el control del cumplimiento de los siguientes puntos:

a) Que la cantidad de recibos entregados por la entidad bancaria y el monto consignado por el Banco (Planilla I) coincida con el total de beneficiarios e importe rendido por el Intendente o Jefe Comunal en la Planilla III;

b) Que la cantidad de beneficiarios pagos e impagos indicados en la Planilla III coincida con las cantidades informadas en la Planilla II;

c) Que en el caso de beneficiarios impagos, coincida con el monto de las ayudas económicas no entregadas a los beneficiarios, las cantidades indicadas en las boletas de depósito correspondientes;

d) Que el total de los recibos firmados o consignados en el padrón de pagos del Municipio sea igual a la cantidad de beneficiarios consignados en la Planilla III como pagados.

• En aquellos casos en que no se verificaran los extremos indicados en el punto anterior bajo los incisos a) a d), se intimará al Intendente o Jefe Comunal correspondiente, por el término de QUINCE (15) días corridos a su regularización, bajo apercibimiento de no poder realizar nuevas autorizaciones de cobro colectivo en el marco del Acta Complementaria N° 2 al Convenio S.E. N° 20/00, y del envío de los antecedentes correspondientes a la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS a efectos de proceder al inicio de las acciones legales que se estimen pertinentes.

• Una vez verificada la coherencia de la documentación de acuerdo a los párrafos anteriores, se remitirá toda la documentación a la DIRECCION NACIONAL DEL SISTEMA FEDERAL DE EMPLEO, y confeccionará un archivo informático con el listado de beneficiarios que remitirá a la CTP vía Correo Electrónico.

2.3. DIRECCION NACIONAL DEL SISTEMA FEDERAL DE EMPLEO

• Llevará el control de los apoderamientos realizados y de las rendiciones presentadas por los Intendentes, reclamando a las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL la documentación pertinente.

• Realizará el control final de las rendiciones remitidas por las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL.

• Entregará a la CTP original o copia autenticada de las Planillas I, II y III y de las boletas de depósito de beneficios impagos recibidas.

• Procederá a controlar y archivar el resto de la documentación recibida.

Planilla 1

CONSTANCIA DE IMPORTE Y CANTIDAD DE RECIBOS RETIRADOS DE LA ENTIDAD BANCARIA

APODERAMIENTO POR MUNICIPIO

PROGRAMA JEFES DE HOGAR - DEC 565/02

MES Y AÑO DE LIQUIDACION: ...................................../..................………………..

PROVINCIA: .......................................................................................…………………

MUNICIPO: .........................................................................................…………………

APELLIDO Y NOMBRE DEL INTENDENTE APODERADO: ..................................…

CANTIDAD DE BENEFICIARIOS APODERADOS: .................………………………

EN EL DIA DE LA FECHA SE HACE ENTREGA DE........................ RECIBOS Y EL IMPORTE DE: LECOP...........................(LECOP.........................................................) AL SR. INTENDENTE: .................... ........................................... D.N.I. N°: ..............................

LUGAR Y FECHA:

CERTIFICACION DEL BANCO

BANCO:

SUCURSAL:

FIRMA:

ACLARACION:

Planilla 2

Apoderamiento correspondientes a la liquidación ........./..........

Solicitado por el Municipio .................................. – Prov. ...............

Programa Jefes de Hogar – Decreto 565/02

Cuil

Apellido y Nombre

codCab

Banco

codLoc

Sucursal

Abonado

Impago

 

INTENDENTE:

FIRMA:

Planilla 3

RENDICION FINAL DEL MUNICIPIO

APODERAMIENTO POR MUNICIPIO

PROGRAMA JEFES DE HOGAR - DEC 565/02

MES Y AÑO DE LIQUIDACION: ............................../......................

PROVINCIA: ..............................................................………………

MUNICIPO: .................................................................……………..

APODERADO: ............................................................……………..

CANTIDAD DE BENEFICIARIOS APODERADOS: .................... (Según Apoderamiento) CANTIDAD DE RECIBOS ENTREGADOS POR LA ENTIDAD BANCARIA: ................ (s/ Planilla 1)

RENDICION

CANTIDAD DE BENEFICIARIOS

IMPORTE (EN LECOP)

RENDIDO ABOGADOS

.

 

RENDIDO IMPAGOS

(Según Planilla 2)

.

.

TOTAL

.

.

ADJUNTO BOLETA DE DEPOSITO N° ................. ....................POR LECOP................

(LECOP .......................................................................................) de Fecha: .........../.........../

CUENTA en LECOP N° 3411/43 — Suc. Plaza de Mayo — BANCO DE LA NACION ARGENTINA

INTENDENTE APODERADO

Firma:

Apellido y Nombre: ...........................................................................................................

D.N.I. N°: .........................................................

RECEPCION DE GECAL

En el día de la fecha se ha decepcionado la rendición efectuada por el Sr. Intendente, conjuntamente con toda la documentación prevista en la normativa vigente, dándose por aprobada la misma.

Lugar y Fecha: ..................................................... .........../.........../

Firma:

Aclaración:

GECAL: