RESOLUCIÓN PROCURACIÓN GENERAL Nº 44-2013
REORGANIZA EL ÁREA JURÍDICA DE LA PROCURACIÓN GENERAL.[1]
Estado de la norma: VIGENTE
Dictado el 29-04-2013.-
VISTO:
Que la Procuración General se organiza funcional y administrativamente de conformidad con las necesidades que demande el servicio de justicia (artículo 126 de la Ley Nº 2574 Orgánica del Poder Judicial).
Que mediante la Ley Nº 2706 que aprueba el Presupuesto del Poder Judicial correspondiente al ejercicio 2013 se creó el cargo de Secretario de Tercera Instancia para el Ministerio Público y,
CONSIDERANDO:
Que la actual Secretaria de la Procuración General tiene por principal misión asistir al Procurador General en la dirección y gobierno del Ministerio Público y llevar a cabo toda actuación o función que el mismo le encomiende. Desempeña funciones de índole jurisdiccional, como la redacción de proyectos de dictámenes relativos a las actuaciones judiciales que ingresan a la Procuración General para su vista, sea ésta generada por la interposición de recursos extraordinarios o en virtud de la competencia originaria del Superior Tribunal de Justicia.
Como no existen secretarías que se ocupen de la administración, colabora en ello directamente con el Procurador elaborando reglamentos internos, decepcionando las declaraciones juradas de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial obligados a su presentación e interviniendo en los sumarios administrativos sustanciados en el ámbito del MP.
En lo que hace a la gestión administrativa interviene en las licitaciones, compras y contrataciones conforme la reglamentación y disposiciones pertinentes y dispone el pago de gastos debidamente autorizados por el Procurador General.
Para desarrollar correctamente las misiones mencionadas y cumplir con los objetivos propuestos, deberá reorganizarse en el ámbito de la Procuración General el área jurídica la que quedará conformada por dos Secretarías: Secretaría General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos y Secretaría General de Política Criminal, Gestión y Planificación Estratégica.
En el nuevo diseño organizacional se definen sus funciones, atribuciones y subrogancias, adecuándose la denominación de la actual Secretaría de la Procuración General.
Por ello, en uso de las facultades que le confiere el artículo 97. 96 incisos 14, 15, 17, 28, 31 y 32, y artículo 18 inciso o de la Ley Nº 2574,
El Procurador de la Provincia de La Pampa
RESUELVE:
1º) Reorganizar el área jurídica de la Procuración General, la que quedará conformada con dos Secretarías: Secretaría General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos y Secretaría General de Política Criminal, Gestión y Planificación Estratégica.
2º) Asignar la nueva denominación de la actual Secretaría General de la Procuración como Secretaría General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos.
3º) Asignar las misiones y funciones de la Secretaría General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos y Secretaría General de Política Criminal, Gestión y Planificación Estratégica que como Anexo I forma parte integral de la presente.
4º) Establecer que la Secretaría General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos y Secretaría General de Política Criminal, Gestión y Planificación Estratégica se subrogarán entre sí.
5º) Regístrese, comuníquese a los interesados, póngase en conocimiento del Superior Tribunal de Justicia, Oficina Contable, Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa, cumplido, archívese.
FIRMANTES:
Mario Oscar BONGIANINO, Procurador General.
Dra. Ana Andrea AUDISIO, Secretaría Procuración General.
Anexo I – Resolución P.G. Nº 44/13
Secretaría General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos.
Misiones y Funciones.
La Secretaría General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos tiene a su cargo las siguientes misiones:
1) Proyectar providencias simples y elaborar proyectos de dictámenes relativos a las siguientes causas: contencioso administrativo, acciones declarativas de inconstitucionalidad en causas civiles, recursos extraordinarios provinciales en causas civiles, comerciales y laborales.
2) Elaborar y proponer al Procurador General, en coordinación con la Secretaria General de Política Criminal, Gestión y Planificación Estratégica, las reformas normativas y los criterios generales de actuación que resulten necesarios para facilitar la actuación de los integrantes del Ministerio Público.
3) Elaborar y proponer al Procurador General los proyectos de campañas de concientización ciudadana que sean necesarios para fortalecer los vínculos entre el Ministerio Público y la comunidad en general y las víctimas en particular.
4) Elaborar proyectos de dictámenes relativos a la opinión consulta de anteproyectos legislativos remitidos por los distintos bloques de la Cámara de Diputados vinculados a las temáticas que involucran los intereses del Ministerio Público.
5) Coordinar y supervisar las Oficinas de Atención a la Víctima del Delito y del Testigo.
6) Asistir y participar en las reuniones periódicas del Procurador General con los miembros de los distintos organismos del Ministerio Público.
7) Intervenir en los sumarios administrativos sustanciados a funcionarios y empleados del Ministerio Público.
8) Intervenir en los concursos de antecedentes y oposición a los que hace referencia el artículo 93 de la Ley Nº 2574 Orgánica del Poder Judicial.
9) Intervenir en las licitaciones, compras y contrataciones conforme la reglamentación y disposiciones pertinentes y disponer el pago de gastos debidamente autorizados por el Procurador General.
10) Controlar los horarios y tareas del personal a su cargo, poniendo en conocimiento del Procurador General cualquier irregularidad y proponiéndole las medidas que estime convenientes.
11) Colaborar con el Procurador General para el mejor cumplimiento de los deberes a su cargo, desempeñando cualquier otra función que aquel le confiera.
Secretaría General de Política Criminal, Gestión y Planificación Estratégica.
Misiones y Funciones.
La Secretaría General de Política Criminal, Gestión y Planificación Estratégica tiene a su cargo las siguientes misiones:
1) Proyectar providencias simples y elaborar proyectos de dictámenes relativos a las siguientes causas: acciones declarativas de inconstitucionalidad en causas penales, recursos de casación y revisión en causas penales, informes a los que se refiere el artículo 39 inciso b de la Ley Nº 2574 sobre indulto y conmutación de la pena.
2) Asistir al Procurador General en el proceso de Jurados de Enjuiciamiento.
3) Elaborar proyectos de dictámenes relativos a la opinión consulta de anteproyectos legislativos remitidos por los distintos bloques de la Cámara de Diputados vinculados a las temáticas que involucran los intereses del Ministerio Público.
4) Elaborar y proponer al Procurador General, en coordinación con la Secretaría General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos, las reformas normativas y los criterios generales de actuación que resulten necesarios para facilitar la actuación de los integrantes del Ministerio Público.
5) Proyectar reglamentos particulares, instrucciones y resoluciones sobre el régimen de funciones de los integrantes del Ministerio Público.
6) Elaborar proyectos de dictámenes sobre los recursos presentados contra instrucciones particulares de los Fiscales Generales y del Defensor General.
7) Realizar controles de auditorías en las distintas dependencias del Ministerio Público y organizar un adecuado sistema de control de gestión permanente.
8) Coordinar y supervisar el Registro de Antecedentes de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual, y la Oficina de Control de Suspensión del Juicio a Prueba.
9) Asistir y participar en las reuniones periódicas del Procurador General con los miembros de los distintos organismos del Ministerio Público.
10) Intervenir en los sumarios administrativos sustanciados a funcionarios y empleados del Ministerio Público.
11) Intervenir en los concursos de antecedentes y oposición a los que hace referencia el artículo 93 de la Ley Nº 2574 Orgánica del Poder Judicial.
12) Intervenir en las licitaciones, compras y contrataciones conforme la reglamentación y disposiciones pertinentes y disponer el pago de gastos debidamente autorizados por el Procurador General.
13) Controlar los horarios y tareas del personal a su cargo, poniendo en conocimiento del Procurador General cualquier irregularidad y proponiéndole las medidas que estime convenientes.
14) Colaborar con el Procurador General para el mejor cumplimiento de los deberes a su cargo, desempeñando cualquier otra función que aquel le confiera.
FIRMANTES:
Mario Oscar BONGIANINO, Procurador General.
Dra. Ana Andrea AUDISIO, Secretaría Procuración General.