RESOLUCIÓN PROCURACIÓN GENERAL Nº 115-2013

SOBRE ASIGNACIONES DE CAJA CHICA.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE

 

Dictado el 29-10-2013.-

Operador del Digesto: R. S.-

VISTO:

         La Ley Nº 2574, Orgánica del Poder Judicial-, Decreto Nº 1915/59 – Régimen de Caja Chica- y las Resoluciones P.G. Nº 08/11 y Nº 1/13 y,    

CONSIDERANDO:

Que el art. 86 de la Ley 2574 le reconoce al Ministerio Público la condición de autonomía funcional y administrativa, siendo la jefatura ejercida por el Procurador General.

Que dicha autonomía lo habillita para crear normas dirigidas a regular su propia organización funcional y para dictar resoluciones de carácter administrativo y financiero.

La necesidad de agilizar la asignación de las Cajas Chicas a las dependencias del Ministerio Público dispuesta en la Resolución P.G. Nº 1/13 y la recomendación efectuada por el oficial de cuenta del Ministerio Público en el Banco de La Pampa – Casa Central- Mónica Campasso, respecto de modificar la modalidad de “giro bancario” utilizada para depositar los fondos a los funcionarios responsables de las mismas que en lo inmediato se dejarán de utilizar, motivó a la Oficina Contable a sugerir que el dinero de las Cajas Chicas se efectúe mediante “transferencia inmediata de fondos” mediante el servicio e-banking de la entidad bancaria en la cuenta sueldos del funcionario responsable, titular o subrogante legal, de cada uno de los organismos que se detallan en el Anexo I de la Resolución citada, a fin de no generar gastos bancarios.

Por ello,

El Procurador General Subrogante de la Provincia de La Pampa

RESUELVE:

1º) Disponer que las asignaciones de Caja Chica para atender los gastos en bienes y servicios, compras de urgencias y comisiones de servicios urgentes, se efectúen mediante transferencia inmediata de fondos a los responsables designados en el Anexo I de la Resolución P.G. Nº 1/13 o al subrogante legal.

2º) Comunicar a la Oficina Contable del Ministerio Público lo dispuesto en el pto. 1º) para su implementación a partir del día de la fecha.

Regístrese, notifíquese al Tribunal de Cuentas y cumplido, archívese.

 

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.