Resolución Nº 984-2012
Regularidad de alumnos/as repitentes
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3004 del 06-07-12.-
Dictado el 26-06-12.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
Artículo 1º.- Establécese que los/as alumnos/as repitentes que estén matriculados/as en los Niveles de Educación Primaria y de Educación Secundaria de instituciones educativas de gestión estatal o privada tendrán garantizada su continuidad en el mismo establecimiento educativo, independientemente de su situación de promoción.-
Artículo 2º.- Encomiéndase a las Subsecretarías de Educación Técnico Profesional y de Educación, a través de las Direcciones Generales de Educación Inicial y Primaria y de Educación Secundaria y Superior y, cuando corresponda, en forma conjunta con la Dirección de Educación de Gestión Privada, el análisis y la resolución de los casos particulares que pudieran presentarse.-
Artículo 3º.- Encomiéndase a las Subsecretarías de Educación y de Educación Técnico Profesional, a las Direcciones Generales de Educación Inicial y Primaria y de Educación Secundaria y Superior y a la Dirección de Educación de Gestión Privada, en forma conjunta, la revisión de las normativas contenidas en las Resoluciones Nº 1871/09 y Nº 1872/09 de este Ministerio, las Disposiciones Nº 18/09 y Nº 19/09 de la Subsecretaría de Educación y toda otra normativa que regule la temática, y la elaboración de una propuesta de modificación de las mismas.-
Artículo4º.- Déjanse sin efecto el artículo 2º de la Resolución Nº 1871/09 y el artículo 3º de la Resolución Nº 1872/09, ambas de este Ministerio.-