Resolución Nº 515-2008- Mrio. de la Producción

Crea la Unidad Ejecutora Provincial para la implementación del

Régimen de Recuperación de la Ganadería Caprina

 

Publicada en B.O. 2805 del 12-09-2008.-

Dictada el 03-09-2008.-

Operador de Digesto: M. B.-

 

 Art. 1º.- Créase la Unidad Ejecutora Provincial (UEP), en el marco de lo acordado en la cláusula tercera del Convenio suscripto el 18 de julio de 2.008, entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación (SAGPyA) y la Provincia de La Pampa, aprobado por Ley N° 2.364, para la implementación del régimen de recuperación de la ganadería caprina, y del régimen establecido por la Ley Nacional N° 26.141.­-

Art. 2°.- Infórmese a la Autoridad Nacional que la competencia a nivel Provincial le corresponde al Secretario Ejecutivo del Instituto de Promoción Productiva, de acuerdo a lo establecido en el articulo 6º del Decreto N° 07/07.-­      

Art. 3°.- La Unidad Ejecutora Provincial (UEP), estará presidida por el Secretario Ejecutivo del Instituto de Promoción Productiva; e integrado por 1 representante de cada una de las siguientes entidades invitadas a participar, 1 integrante en representación de las Municipalidades, Comisiones de Fomento y Entes Comunales del Oeste y 3 representantes de los productores caprineros, los que se desempeñarán con carácter de "ad-honorem":

-Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

-Universidad Nacional de La Pampa (UNLPam). -Programa Social Agropecuario (PSA).

 

-Ente Provincial del Río Colorado.

 

Asociaciones de Pequeños Productores Caprineros:

*Comisión Pobladores de Chos-Malal,

*Encuentro de Productores de la costa del Lago Casa de Piedra,

*El Paso,

*Comunidad Aborigen Epumer,

*Asociación de Emprendimientos Familiares del Oeste (ADEFO).

 

-Municipalidades, Comisiones de Fomento y Entes Comunales del Oeste:

* Comisión de Fomento de Limay Mahuida

* Municipalidad de Santa Isabel

* Ente Comunal de Casa de Piedra.

* Municipalidad de La Humada

* Municipalidad de Puelen

* Municipalidad de 25 de Mayo

* Municipalidad de Puelches

*Comisión de Fomento de Gobernador Duval

* Municipalidad de Algarrobo del Aguila

 

Art. 4°.- La Unidad Ejecutora Provincial (UEP), tendrá las  siguientes misiones y funciones:

1)-Colaborar en la Difusión en los Departamentos o áreas provinciales de aplicación de la Ley Nacional N° 26.141, a la recuperación, fomento y desarrollo de la Ganadería Caprina.-

2)-Asistir al Instituto de Promoción Productiva en la elaboración del Plan Operativo Anual (POA) y en la recepción de las solicitudes de acceso a los beneficios del Régimen.-

3)-Colaborar en la elaboración del Reglamento Interno de Funcionamiento de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP).

4)-Colaborar en la evaluación y cumplir con las aprobaciones según las normativas que se encuadran en el Manual Operativo de la Ley y Reglamento Interno, los proyectos y/o planes de trabajo que se presenten en su jurisdicción.-

5)-Coadyuvar en la operativización y actualización del sistema informático, enviando en tiempo y forma la información que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación (SAGPyA), solicite a los fines de evaluar la marcha del Plan Operativo Anual (POA) provincial.-

6)-Colaborar en la supervisión del cumplimiento de los beneficiarios, a través de la estructura operativa.-

 

Art. 5º.- La renovación de los miembros integrantes de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP), tendrá efecto a partir de la fecha de presentación del correspondiente instrumento legal de renovación dictado por las autoridades competentes. Cada uno de los miembros titulares deberá contar con un suplente para actuar en el supuesto de impedimento del titular, designado por la misma autoridad competente de cada institución participativa de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP).­-

 

Art. 6°.- Facúltese a la Autoridad de Aplicación, a aprobar el Reglamento Interno de Funcionamiento de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP), la que deberá elaborarlo dentro de los 180 días del dictado de la presente.-