Resolución N° 374-2005- Mrio. de la Producción
Fija la tasa de interés para los préstamos ha otorgarse en el marco del Decreto N° 1055/05[1]
Publicada en B.O. 2649 del 16-09-05.-
Dictada el 02-09-05.-
Art.1°.- Fíjase la tasa de interés en el 6% nominal anual vencida sobre saldos para los préstamos ha otorgarse en el marco del Decreto N° 1055/05.- (Expte. N°144159/04).-
Art.2°.- Las actuaciones para el otorgamiento del préstamo se desdoblarán en dos Cuerpos, cada uno de los cuales contendrá las especificaciones establecidas en el Anexo I, que forma parte de la presente resolución.-
Art. 3°.- Los solicitantes de créditos de esta línea deberán completar los formularios que se aprueban como Anexo II y que forma parte de la presente resolución.-
Art. 4°.- A los efectos del desembolso de esta asistencia crediticia la misma podrá ser efectivizada al solicitante o al proveedor del bien a adquirir. En este último caso se deberá contar con la autorización expresa del solicitante y datos suficientess del proveedor que permitan concretar la operación, todo lo cual deberá constar en el Contrato de Mutuo a suscribirse.-