Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Tasas de Interés del Programa de Apoyo a Proyectos Productivos
Estado de la Norma: VIGENTE
Publicada en B.O. 2882 del 05-03-2010.-
Dictada el 01-03-2010.-
Operador Digesto: MAB.-
VISTO:
El Expediente Nº 5503/04 caratulado: MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN – DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN ECONOMICA – S/ MODIFICACIÓN DEL “PROGRAMA DE APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS” CREADO POR DECRETO Nº 947/97 Y SUS MODIFICATORIAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 3334/09 se sustituye el artículo 4º del Decreto Nº 947/97, incorporando el Inciso d) por el cual se establecen como destinatarios del financiamiento del Programa de Apoyo a Proyectos Productivos a las personas físicas, jurídicas y sucesiones indivisas que desarrollen actividades relacionadas con la actividad ovina, en el marco de la Ley Nacional Nº 25422 “para la Recuperación de la Ganadería Ovina” y Ley Provincial Nº 1981 que adhiere a aquella;
Que por el artículo 2º del Decreto Nº 3334/09 se sustituye el artículo 6º del Decreto 947/97, estableciéndose entre otros puntos que la Autoridad de Aplicación establecerá la tasa nominal anual de intereses en cada caso.
Que en función a lo expuesto corresponde elaborar el acto administrativo por el cual se fije la tasa de interés nominal anual aplicable para las operaciones de financiamiento que se acuerden a partir de la fecha de suscripción del mismo;
Que la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en este Ministerio ha tomado la intervención que le compete;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Establécese una tasa de interés del 6 % nominal anual para las operaciones de financiamiento del Programa de Apoyo a Proyectos Productivos cuyos destinatarios encuadren en los incisos a), b) y c) del artículo 4° sustituido por el artículo 1º del Decreto N° 3334/09.-
Art. 2º.- Establécese una tasa de interés del 2 % nominal anual para las operaciones de financiamiento del Programa de Apoyo a Proyectos Productivos cuyos destinatarios encuadren en el inciso d) del artículo 4° sustituido por el artículo 1° del Decreto N° 3334/09.-
Art. 3º.- Las tasas de interés fijadas por los artículos precedentes entrarán en vigencia para las operaciones a financiar en el marco del Programa de Apoyo a Proyectos Productivos a partir de la fecha de suscripción de la presente Resolución.-