Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Disposición Nº 05-2007
Inscripción de Servidumbres Administrativas
Publicado en B.O. 2745 del 20-07-2007.-
Dictado el 26-06-2007.-
Art. 1º.- Para la inscripción de las Servidumbres Administrativas en los casos que se haya producido cambio de la Titularidad de Dominio desde el momento de la registración del plano respectivo a la fecha de la rogatoria de la misma, deberán dejar constancia en el rubro observaciones de la minuta, los distintos movimientos en forma cronológica de las transferencias acontecidas sobre el mismo.
Art. 2º.- Las formalidades requeridas en el artículo Primero de la presente Disposición se aplicarán complementariamente con la Disposición Técnica Registral 1/2006, sin que ello implique la eximición del cumplimento de las formalidades impuestas en dicha normativa.
Art. 3º.- Notifíquese a todas las Secciones de ésta Dirección General. Elévese a conocimiento de la Subsecretaria de Justicia y Registros Públicos. Póngase en conocimiento de la Señora Presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia y del Señor Presidente del Colegio de Escribanos de la Provincia y a la Dirección General de Catastro por nota de estilo. Remítase por nota de estilo al Boletín Oficial solicitando su publicación. Cumplido regístrese.-