DISPOSICIÓN N° 5/2009
VISTO Y CONSIDERANDO.
Que el artìculo 4º del Decreto N° 2981/86 ultima parte establece que “la Dirección General de Administración dispondrá la apertura de cuentas corrientes bancarias y nominara los firmantes de las mismas”;
Que el capítulo 1, punto 3, del instructivo de rendiciones de gastos de funcionamiento, establece que “los pagos deberán realizarse exclusivamente mediante cheques”;
Que el artículo 10º del citado Decreto, faculta a la Dirección General de Administración a dictar normas y reglamentaciones necesarias, para efectivizar el sistema de rendiciones;
Que se hace necesario modificar el sistema de pagos a la empresa Telefónica de Argentina, dado que la misma no acepta que la prestación de sus servicios sean abonados mediante cheques;
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DISPONE
Artículo 1º: Autorízase a los Responsables titulares de las cuentas bancarias oficiales a confeccionar cheques a su nombre y por el monto exacto de la factura; una vez cobrados, deberán concurrir a los lugares habilitados para el pago del servicio telefónico y/o internet y abonar los mismo en efectivo.
Artículo 2º: Regístrese, comuníquese, pase a la Subsecretaría de Educación, al Centro Provincial de Información Educativa de la Subsecretaría de Coordinación y al Tribunal de Cuentas de la Provincia a sus efectos.