DISPOSICION 611-2013 -M.S.-

Establece la conformación de la comisión de preadjudicación para la adquisición de audífonos, otoamplífonos, implantes cocleares y procesadores de habla

 

Estado de la norma: DEROGADA

por Disposición Nº 327-20016

Dictado el 30-12-13.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

VISTO:

 

            La continua tramitación de adquisiciones de audífonos, otoamplífonos, implantes cocleares procesadores de habla; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que tales adquisiciones se efectúan a los fines de dar cobertura a determinados pacientes, las cuales deben hacerse conforme a la celeridad y la especialidad del caso.

 

Que en razón a lo señalado es aconsejable designar los miembros que integrarán la Comisión de Preadjudicación.

 

Que en consecuencia, la misma estará integrada por tres 3) miembros: un (1) Fonoaudiólogo, un (1) Otorrinolaringólogo, y el auditor del Programa Federal (PRO.FE.) en el caso de que el paciente destinatario del audífono, otoamplífono, implantes cocleares procesadores de habla, prótesis u ortesis cuente con la cobertura del mismo, el cual será sustituido por el auditor del Establecimiento Asistencial Dr. Lucio Molas de Santa Rosa o Gobernador Centeno de General Pico, según corresponda, si el mismo se encuentra categorizado como “No contribuyente”.

 

POR ELLO:

 

EL SUBSECRETARIO DE SALUD DISPONE:

 

Artículo 1º: Establécese la conformación de la comisión de preadjudicación para la adquisición de audífonos, otoamplífonos, implantes cocleares y procesadores de habla: la que estará integrada por tres (3) miembros: un (1) Fonoaudiólogo, un (1) Otorrinolaringólogo, y el auditor del Programa Federal (PRO.FE.) en el caso de que el paciente destinatario del audífono, otoamplífono, implantes cocleares procesadores de habla, prótesis u ortesis cuente con la cobertura del mismo, el cual será sustituido por el auditor del Establecimiento Asistencial Dr. Lucio Molas de Santa Rosa o Gobernador Centeno de General Pico, según corresponda, si el mismo se encuentra categorizado como “No contribuyente”.-

 

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese, y pase a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Salud a sus demás efectos.-