Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

DISPOSICION 14-2006

 

Procedimientos Administrativos de Adjudicación de Viviendas

 

 

Publicado en B.O. 2709 del 10-11-2006

 

SANTA ROSA, 07 de Noviembre de 2006

VISTO:

 

 

         El Expediente Nº 13/04-Caratulado: Instituto Provincial Autárquico de Vivienda-Gerencia de Planificación y Adjudicación- S/Proyecto de Resolución Sobre Procedimientos Administrativos de Adjudicación, y  las  Resoluciones  administrativas  Nros  384/05-IPAV  y  424/06-IPAV;  y

 

CONSIDERANDO:

 

         Que existiendo una normativa reglamentaria que incluye aspectos vinculados con los requisitos exigidos por el Organismo para ser adjudicatario de una vivienda construida por operatorias FO.NA.VI.; que organiza el Registro Permanente de Inscripciones siguiendo un sistema de puntajes que permite fijar un orden en el mencionado listado;

         Que habiendo sido dictada Resolución modificatoria del Artículo 1º de la Resolución nº 384/05-IPAV y del Anexo respectivo, deviene necesario proceder al ordenamiento del respectivo Texto a fines evitar interpretaciones equivocadas;

            Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoria Letrada de Gobierno actuante en  el Instituto Provincial  Autárquico de Vivienda;

 

POR  ELLO :

 

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE VIVIENDA

DISPONE

 

Artículo 1º.-Apruébase el Texto Ordenado de las normas reglamentarias relativas a los requisitos de adjudicación establecidos por las Resoluciones Nros 384/05-I.P.A.V. y Anexo y  424/06-I.P.A.V., que  como Anexo  forma parte del presente Decreto.-

 

Articulo 2º.- Regístrese, dése al Boletín Oficia pase a la Gerencia de Planificación y
Adjudicación a sus efectos.-

 

ANEXO

 

TEXTO ORDENADO DE  REGLAMENTACIÓN DE REQUISITOS DE ADJUDICACIÓN  DE VIVIENDAS  ADMINISTRADAS POR EL  INSTITUTO  PROVINCIAL  AUTARQUICO DE VIVIENDA.-

 

Artículo  1º: Se  considerarán  grupos  familiares  acorde  a los conceptos  establecidos por la Ley  FO.NA.VI. Nº 21581  a  los  postulantes  que se  ajusten a  las siguientes  condiciones:

 

         a) Constituir grupo familiar: grupo estable de  personas convivientes en que por lo menos dos de las que lo componen estén unidas entre sí por lazos matrimoniales legales o de hecho con hijos, o unidas por consaguinidad en línea descendente o ascendente  de primer  grado (con  tenencia  legal)  o con  menores  legalmente a cargo.-

         b) Poseer el solicitante documento de identidad argentino.-

         c) No ser propietario el solicitante , el grupo familiar o algunos de sus miembros, de bienes  realizables cuyo monto sea igual o mayor al valor de la venta, siempre que no constituyan  bienes de capital  de trabajo .-

         d) No haber sido adjudicatario, ninguno de los miembros del grupo conviviente, de viviendas  financiadas  por el Estado. Se exceptúa de ésta disposición a los convivientes que  acrediten  en forma fehaciente  haber  constituido  un   nuevo grupo familiar.-

         e) Los aspirantes deberán acreditar la residencia del grupo familiar en forma permanente  y continuada  en la localidad  sede  del  proyecto  para el que se inscribe, de no  menos de  cinco (5) años  inmediatos  anteriores   a  la fecha  de inscripción.-. Si este plazo fuera menor, se incorporarán igualmente al registro, pero  no tendrán prioridad en la adjudicación.-

 

Artículo 2º.- Si el interesado perteneciera a alguna Fuerza de Seguridad ( Policía Provincial y Federal, Servicio Penitenciario, Ejército, entre otros ) donde la naturaleza de su trabajo o obliga a cumplir con reiterados traslados, se computará como tiempo de residencia en el lugar que solicita  la vivienda, la fecha de la primera inscripción en el Instituto.-

 

Artículo 3º.- A  los efectos de  proceder a la adjudicación de las viviendas de cada proyecto
especifico, se  considerarán como postulantes todos  aquellos que estén inscriptos en  el Registro  Permanente, hasta cuatro días corridos antes de la fecha prevista para  la publicación  o  puesta a  disposición  de los interesados  de la lista de  postulantes seleccionados  en las Oficinas del  Instituto de Vivienda y/o  en los Municipios.  En su caso , también  podrá  tomarse  como  fecha  de referencia  para  el corte  la  correspondiente  a los treinta  días  corridos  siguientes  al  inicio de la  obra  de cada proyecto. Los  inscriptos registrados con posterioridad a  la fecha de cierre establecida, serán considerados postulantes a futuros proyectos.-

 

Artículo 4º.- Las  viviendas serán  adjudicadas previo proceso  de  selección de Postulantes según el sistema de puntaje  previsto  en el Anexo de la presente.-

 

Artículo 5º.- Efectuada la  selección de los postulantes el Instituto deberá verificar la  veracidad de los datos declarados por los adjudicatarios  para la inscripción en el Registro  Permanente  y está  facultado para desafectar de los listados de postulantes a  quienes no presenten  la documentación  solicitada  por el Organismo  en  los plazos que lo requiera.

 

La falsedad de la  información  será  penada  con la  exclusión  definitiva  del postulante
del  Registro, sin perjuicio de otras  acciones  que  contemple la ley.-

Artículo 6º.- Verificados los datos, se procederá a confeccionar la lista de postulantes integrada por un número de postulantes equivalente al 100% de las unidades de vivienda a adjudicar. La lista  deberá  contener  la  siguiente  información : Apellido y nombre del Titular y  Nº  de documento de identidad. El  mencionado listado se publicará al menos durante  diez  días  corridos  en el Municipio  o  en las oficinas  del  Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (sede  central  o delegaciones).-

 

Artículo 7º.- Transcurrido el plazo previsto en el Artículo anterior, durante el cual cualquier persona o Institución podrá impugnar a un adjudicatario cuando tenga conocimiento sobre la falsedad de los datos con  los cuales dio lugar  a  la adjudicación , el listado quedará  firme para  los efectos  administrativos y  legales   correspondientes.-

 

Artículo 8º.- Cumplido, tome conocimiento la Gerencia de Planificación y Adjudicación, la Gerencia Técnica Administrativa, la Asesoría Legal del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda y luego archívese.  

 

El  sistema de Puntaje  comprende  los  siguientes  ítem :

 

Situaciones incluidas en el Análisis      Puntos

                                                           

Cómputo de Residencia :

   De 5 a 10 años                        2

   De 11 a 20  años                     3

   Más  de   20    años                 4                                                     

 

Cómputo Antigüedad Inscripción :

Inscriptos año 2001 y anteriores          1                                                

 

Situación  Familiar :           (1)             

    Sin hijo                                  0               

    1 hijo                                    1               

    2 hijos                                   2                

    3 o más                                3                  

 

Tipo de Vivienda :

 Local adaptado a vivienda             2          

 

Pieza de inquilinato                       2           

 

Vivienda precaria , casilla               2

Vivienda sin baño y/o cocina instalada     1

Vivienda con baño y/o cocina instalada     0

Forma de Tenencia:

Vivienda compartida                     1

Relación de dependencia                 1

Ocupada  por cesión                    1

Ocupante de  hecho/propietario           0

Situaciones especiales:

  Jefe de hogar  solo con hijos menores de18    

  Años.-                                  1

Estudio  particular socioambiental y económico competente del área                    1 a 6

Aclaraciones :

1.   Corresponde a  hijos menores de  18  años .-