RESOLUCION GENERAL Nº 26-2012

DEJA  SIN  EFECTO LA RESOLUCIÓN GENERAL Nº 53/08.[1]

 

 

Publicado en B.O. Nº 3013 del 07-09-2012.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

 

Santa Rosa, 31 de Agosto de 2012

 

VISTO:

 

La Resoluciones Generales Nos. 28/03 y 53/08, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General N° 28/03 fue designada Agente de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;

 

Que la Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la Resolución General Nº 2238 fijó la alícuota a aplicar en concepto de Impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias a los sujetos inscriptos en el Registro de Importadores y Exportadores que no contaran con el Certificado de Validación de Datos de Importadores (C.V.D.I.);

 

Que atento a ello, esta Dirección General dictó la Resolución General Nº 53/08 estableciendo en el 3% la alícuota de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los sujetos que no acrediten el precitado Certificado ante la Dirección General de Aduana;

 

Que con fecha 16 de Agosto de 2012 la Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante

Resolución General 3373 derogó la Resolución General Nº 2238;

 

Que en consecuencia corresponde dejar sin efecto la Resolución General N° 53/08 de esta Dirección en razón de haber desaparecido las razones  que justificaban su procedencia;

 

Por ello y, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 8º, 9º y 10 del Código Fiscal -t.o. 2010-

 

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Déjase  sin  efecto,  a  partir del 1° de Septiembre de 2012, la Resolución General Nº 53/08.

 

Artículo 2º.- Regístrese, elévese copia al  Ministerio de Hacienda  y Finanzas, pase al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, Archívese.-

 

C.P.N.  Javier Darío FORNERO, Director General de Rentas.-



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.