RESOLUCIÓN GENERAL Nº  24-2013        -DGR-

DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE SUSCRIBIR CONSTANCIAS DE INEXISTENCIA DE DEUDA.[1]

 

Estado de la Norma: VIGENTE.

 

Publicada en B.O. Nº 3069 del 04-10-13.-

Dictada el 25-09-13.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

 

Santa Rosa, 25 de setiembre de 2013

 

VISTO

 

Las disposiciones contenidas en los artículos 8º, 9º y 36 del Código Fiscal (t.o.2010) y su Decreto Reglamentario, y

 

 

CONSIDERANDO

 

Que, analizando el proceso de emisión de constancias de inexistencia de deuda se evidencia la necesidad  de adecuarlo a las exigencias que demandan las tramitaciones actuales, procurando reducir los tiempos de espera en la obtención de las mismas;

 

Que, en pos de lograr tal objetivo se considera procedente delegar en personal de esta Dirección General la facultad de extender las certificaciones aludidas, tanto del Impuesto a los Vehículos como del Impuesto Inmobiliario;

 

POR ELLO:

 

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

 

Artículo 1º: Delegar  en   los agentes  administrativos que  se  detallan seguidamente,  la facultad de suscribir constancias de inexistencia de deuda de los Impuestos Inmobiliario y a los Vehículos, excepto las que comprende la emisión de la certificación especial establecida por el artículo 165 del Código Fiscal (t.o.2010) y las requeridas por oficios judiciales.

 

 

Artículo 2º: Las  constancias  aludidas en  el artículo  anterior  serán emitidas previa evaluación de los elementos probatorios obrantes en el Sistema Integral Tributario y los que aporte el solicitante, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 36 del Código Fiscal (t.o.2010), 8º, 9º y 11ºdel Decreto Reglamentario.

 

Artículo 3º: Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente.

 

Artículo 4º: Regístrese, elévese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, pase al Boletín Oficial para su publicación, cumplido.

 

ARCHÍVESE .C.P.N. Javier Darío FORNERO, Director General de Rentas.-

 

 

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.