Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

 

RESOLUCION GENERAL N° 21-2006

 

Publicado en B.O. 2686 del

 

Santa Rosa, 18 Mayo de 2006

 

VISTO:

 

         La Resolución General N° 27/04 de fecha 9 de Agosto de 2004; y

 

CONSIDERANDO:

 

         Que en reunión de Comisión Plenaria del Convenio Multilateral del 18-8-77, llevada a cabo en la ciudad de Mendoza durante los días 20 y 21 de Abril de 2006, se ha decidido incrementar la alícuota aplicable en el Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias denominado “SIRCREB”, al ocho por mil (8 ‰);

Por ello, y conforme a lo establecido por los artículos 8°, 9° y 10 del Código Fiscal (t.o. 2002);

 

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

 

RESUELVE

 

         Artículo 1°.- Sustitúyese el artículo 6° de la Resolución General N° 27/04 por el siguiente texto:

 

Artículo 6°.- La recaudación del impuesto deberá practicarse al momento de acreditar el importe correspondiente, aplicando la alícuota del ocho por mil (8 ‰) sobre el total del importe acreditado. Al contribuyente deberá practicársele una única detracción, independientemente de las jurisdicciones en las que reviste el carácter de tal”

 

         Artículo 2°.- Las disposiciones de la presente tendrán vigencia a partir del 1° de Junio de 2006.-

 

         Artículo 3°.- Regístrese, elévese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas, pase al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, ARCHIVESE.-

 

Cr. ALICIA M. C. de EVANGELISTA Director General de Rentas.-

B. Of. 2686