RESOLUCIÓN CONJUNTA ENTRE MINISTERIO DE SALUD Y CONTADURÍA GRAL. Nº 370-2010.

 

Estado de la norma: VIGENTE

 

Dictado el 30-12-2010.-

Operador del Digesto: R. S.-

 

VISTO:

 

El Expediente Nº 14793/10 caratulado “CONTADURIA GENERAL- S/CREACIÓN DE HABILITACIONES EN EL E. A. DR. LUCIO MOLAS Y GDOR. CENTENO.-“; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la decisión de creación del Ministerio de Salud, en el mes de septiembre de 2009, mediante Ley Nº 2519, con la finalidad de atender bajo su competencia exclusiva la problemática del sector de la salud en la Provincia, inició un cambio estructural que debe complementarse con nuevas acciones, para facilitar la gestión de los establecimientos asistencias de salud, otorgando herramientas a quienes en forma directa satisfacen las necesidades concretas y urgente de los usuarios que requiere de sus servicios;

 

Que por Ley Nº 2607 de Presupuesto 2011, se crean unidades de ejecución presupuestaria para los Establecimientos de mayor complejidad de la Provincia siendo ellos los Establecimientos Asistenciales “Dr. Lucio Molas” de Santa Rosa y “Gobernador Centeno” de General Pico;

 

Que por Decreto Nº 2321/10 se les otorgan a los Directores de los Establecimientos Asistenciales Dr. Lucio Molas y Gobernador Centeno las facultades de autorización previa y adjudicación o aprobación previstas para el rango de Ministro en el Anexo I del mencionado Decreto;

 

Que para la implementación exitosa de estas decisiones es necesaria la capacitación de los recursos humanos en las áreas contables específicas, instalación y operatividad de sistemas informáticos y otras cuestiones operativas, por lo que conviene fijar fechas diferidas de inicio de las actividades de los servicios administrativos descentralizados de los Establecimientos Asistenciales “Dr. Lucio Molas” y “Gobernador Centeno”;

 

Que es necesario encuadrar las funciones, dependencia jerárquica y funcional de los servicios administrativos a crear;

 

Que ha tomado intervención el Departamento Legal de la Contaduría General de la Provincia;

 

POR ELLO:

 

EL MINISTRO DE SALUD

Y

EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA

RESUELVEN:

 

Artículo 1º.- Crear los Servicios Contables-Habilitaciones en los Establecimientos Asistenciales “Dr. Lucio Molas” de Santa Rosa y “Gobernador Centeno” de General Pico, cuyo personal tendrá relación de dependencia jerárquica del respectivo Director del Establecimiento.-

 

Artículo 2º.- Contaduría General de la Provincia dispondrá el tratamiento para la apropiación de los gastos emergentes de las actuaciones administrativas en curso de ejecución, tendiendo a facilitar su liquidación oportuna y correcta financiación.-

 

Artículo 3º.- Los Servicios mencionados en el artículo 1º, aplicarán para su funcionamiento contable operativo los sistemas de contabilidad presupuestaria y de pagos, para lo que realizarán las actividades establecidas en el Decreto Nº 1374/03 y sus modificatorios, cumpliendo las normativas de la Contaduría General de la Provincia, órgano rector del sistema de contabilidad gubernamental.-

 

Artículo 4º.- El Servicio creado en el Establecimiento Asistencial “Dr. Lucio Molas” comenzará a operar desde el primer día hábil del mes de enero del año 2011, mientras que el perteneciente al Hospital “Gobernador Centeno” lo hará desde el primer día hábil del mes de marzo del mismo año.-

 

Artículo 5º.- Establecer que en el Hospital “Dr. Lucio Molas” la función de Habilitado será ejercida por la agente Mabel Avelina CASTRO (D.N.I. Nº 16.724.274); y la de Sub-habilitado por la agente Claudia Rosana ABBONA (D.N.I. Nº 25.449.678); y en el Hospital “Gobernador Centeno” por la agente María Cristina SUAREZ (D.N.I. Nº 16.316.794) como Habilitado y por la agente Viviana GARCIA (D.N.I. Nº 20.387.108) como Sub-habilitado.-

 

Artículo 6º.- La función de Jefe de Servicio Administrativo prevista para los Servicios Contables-Habilitaciones, será ejercida por el respectivo Director Asociado Contable y en caso de ausencia o impedimento de éste, por el Director del Establecimiento Asistencial.-

 

Artículo 7º.- Regístrese, póngase en conocimiento de Tesorería General de la Provincia y del Tribunal de Cuentas de la Provincia. Cumplido, pase a Contaduría General de la Provincia y al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

 

FIRMANTES: C.P.N Agustín Hernández –CONTADOR GENERAL PROVINCIA DE LA PAMPA-.

                      Dr. Mario González –MINISTRO DE SALUD-.