Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
PRODUCIDO POR: Contador General de la Provincia
ASUNTO:
Teniendo en cuenta que existen diversos criterios, en cuanto al encuadre presupuestario de algunos gastos y que es necesario proceder a unificar los mismos para evitar dilaciones en las tramitaciones, se pone en conocimiento de los señores jefes lo siguiente:
Los gastos que se originan en reuniones de trabajo, congresos, jornadas, etc. (masas, sándwiches, etc. A manera de ejemplo) que no sean habituales y se traten de gastos menores se imputaran como gastos de funcionamiento.
Será requisito a cumplir por las distintas dependencias que tramiten este tipo de gastos, una nota del funcionario responsable de la dependencia justificando el motivo de la erogación.
Las erogaciones por hospedaje y comida que se origina en la visita de artistas, profesionales, técnicos, científicos, etc. Que no sean empleados provinciales y que tengan relación con los objetivos de la dependencia que los ha invitado se imputaran como gastos de funcionamiento.
Los requisitos a cumplir en la tramitación serán, el nombre de la persona invitada y el motivo que dio lugar a la visita avalado por el funcionario responsable del área.
Respecto de los gastos de cortesía y homenaje sigue en vigencia el Memorandum de Contaduría General de fecha 19/3/1990.
Cuando existan dudas en el encuadre presupuestario de algún trámite se deberá consultar con el contador o Subcontador General a los efectos de unificar los criterios a seguir.