Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
RESOLUCIÓN Nº 24/05
CÁMARA DE DIPUTADOS
Estado de la norma: Derogada mediante Resolución Nº 92-2009-CD
Artículo 1º.- Modifícanse los textos de los artículos 2º y 3º de la Resolución Nº50/85 -H.C.D-, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
“Artículo 2º.- El servicio de Comedor propenderá al autofinanciamiento por lo que las adiciones respectivas deberán abonarse prioritariamente al contado, por ser éste el principal recurso financiero.”
Texto Anterior (Resol. 50-1985)
El Servicio de Comedor deberá AUTOFINANCIARSE, abonarse AL CONTADO, por ser éste el ÚNICO recurso financiero con que contará.
“Artículo 3º.- Los recursos disponibles una vez deducidos los fondos para atender el pago el pago de proveedores y demás gastos de funcionamiento del Servicio Comedor se depositan periódicamente en la Cuenta Bancaria “Servicio Comedor-Cámara de Diputados-Recaudaciones propias Resolución Nº 50/85 --H.C.D.-, creada al efecto.
Texto Anterior (Resol. 50-1985)
La recaudación diaria ingresará, por día vencido, en la Cuenta Bancaria: “Servicio Comedor -H. Cámara de Diputados-Recaudaciones Propias-Resolución Nº 50/85 H.C.D.”, creada al efecto, debiendo acompañarse la respectiva planilla de Rendición, suscripta por el / los responsables en la que constará: Nº de Adición, importes parciales y totales.
Artículo 2º.- Comuníquese.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de la Pampa, en
Santa Rosa, a los doce días del mes de mayo de dos mil cinco.(02-05-05)