Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 24/05

 

 CÁMARA DE DIPUTADOS

 

 

                                                  Estado de la norma: Derogada mediante Resolución Nº 92-2009-CD

 

Artículo 1º.- Modifícanse  los  textos de  los  artículos 2º y 3º de  la Resolución Nº50/85  -H.C.D­-, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

 

                    “Artículo 2º.- El servicio de Comedor propenderá al autofinanciamiento por lo que las adiciones respectivas deberán abonarse prioritariamente al contado, por ser éste el principal recurso financiero.”

 

Texto Anterior (Resol. 50-1985)

El Servicio de Comedor deberá AUTOFINANCIARSE, abonarse AL CONTADO, por ser éste el ÚNICO  recurso financiero con que contará.

 

               “Artículo 3º.- Los recursos disponibles una vez deducidos los fondos para atender el pago el pago de proveedores y demás gastos de funcionamiento del Servicio Comedor  se  depositan periódicamente en la Cuenta Bancaria “Servicio Comedor-Cámara de Diputados-Recaudaciones  propias  Resolución  Nº 50/85 --H.C.D.-, creada al efecto.

 

Texto Anterior (Resol. 50-1985)

La recaudación diaria ingresará, por día vencido, en la Cuenta Bancaria: “Servicio Comedor  -H. Cámara de Diputados-Recaudaciones Propias-Resolución Nº 50/85 H.C.D.”, creada al efecto, debiendo acompañarse la respectiva planilla de Rendición, suscripta por el / los responsables en la que constará: Nº de Adición, importes parciales y totales.

 

Artículo 2º.- Comuníquese.

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de la Pampa, en

Santa Rosa, a los doce días del mes de mayo de dos mil cinco.(02-05-05)