DICTAMEN Nº 306-2004 -A.L.G.-

Sobre la entrada en vigencia del Decreto que modifica el monto del viático

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Dictado el 20-10-04.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

Expediente Nº 11.997/04

Agregados

Ref.: S/DICTAMEN DE QUE DIA CAMBIA EL MONTO DEL VIATICO.-

 

Señora

Contador General:

Vienen las presentes a efectos de emitir opinión sobre la situación planteada a fs. 02 del presente Expediente.

Por Decreto Nº 1837/04 (de fecha 24 de Septiembre del año en curso y publicado en el Boletín Oficial Nº 2599, de fecha 01 de octubre del corriente año), se modificó el Anexo III del Decreto Nº 152/92.

El artículo 56 de la N.J.F. Nº 951 dispone que el “acto administrativo perfecto surte efectos inmediata e instantáneamente a partir de la media noche del día en que fue notificado o publicado, todo ello sin perjuicio del transcurso del plazo necesario para que quede firme”.

Por su parte el artículo 58 de la normativa en estudio prescribe que “los derechos emergentes de un acto administrativo se adquieren instantáneamente a partir del momento de su entrada en vigencia”.

Bajo ese esquema, este departamento legal considera que deben hacerse dos consideraciones:

1)        Si tomamos como base el artículo 56 de la ley mencionada, cabe aducir que habiéndose publicado el Decreto Nº 1837/04 el día 01 de octubre de 2004, el mismo surte efectos a partir, de la medianoche del día mencionado; es decir tiene alcance a partir del día 02 de octubre del año en curso;

2)        Si nos basamos en el artículo 58 y realizamos una interpretación acerca de que se entiende por “…a partir del momento de su entrada en vigencia…”, debemos manifestar que el mismo lleva fecha 24 de septiembre de 2004, y comienza a regir a partir de la medianoche de ese día, o sea, su vigencia es a partir del día 25 de septiembre del año en curso.

Conglobando ambas normas, este departamento asesor entiende que a los fines de la vigencia del Decreto Nº 1837/04, el mismo la ha adquirido el día 25 de septiembre de 2004, correspondiendo su aplicación a la comisión aludida a fs. 02.-

ASESORIA LETRADA delegada ante el Ministerio de Hacienda y Finanzas, Santa Rosa, 20 de Octubre de 2004.-