LEY Nº 3262
Adhiriendo la provincia de La Pampa a la Ley Nacional 27548, que declara de Interes Nacional prioritario la protección de la vida y la salud del personal del Sistema de salud y trabajadores voluntarios durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia del COVID-19.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en Sep. del B.O 3440 del 13-11-20.-
Promulgada el 29-09-20.-
Sancionada el 10-09-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°: Adhiérese la Provincia de La Pampa a la Ley Nacional 27548, por la cual se declara de Interés Nacional Prioritario la protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud y trabajadores voluntarios durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de COVID-19 y se crea el “Programa de Protección al Personal de la Salud” durante esta emergencia sanitaria, que como Anexo Único forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°: Será autoridad de aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud de la Provincia de La Pampa.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los diez días del mes de septiembre de dos mil veinte.
REGISTRADA BAJO EL N° 3262
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa -Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
EXPEDIENTE N° 10554/20
SANTA ROSA, 29SEP. 2020
POR TANTO: Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N° 2558/20
Sergio Raúl ZILIOTTO, Gobernador de La Pampa –Dr. Mario Rubén KOHAN Ministro de Salud.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:29SEP. 2020
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL DOSCIENTOS SESENAY DOS(3262).
José Alejandro VANINI, Secretario General de la Gobernación