LEY Nº 3194
Aprobando el Acta Acuerdo y sus anexos, celebrada entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de La Nación y el Ministerio de Educación de esta Provincia
Estado de la norma: VIGENTE.-
Última modificación: Ley Nº 3212.
Publicado en B.O. Nº 3393 del 20-11-19.-
Promulgada el 16-12-19.-
Sancionada el 28-11-19.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°:Apruébase el Acta Acuerdo y sus Anexos, celebrada con fecha 13 de mayo de 2019, entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación y el Ministerio de Educación de esta Provincia, y ratificada mediante el Decreto N° 4705/19, que forman parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°: Autorízase al Poder Ejecutivo al dictado de los actos administrativos necesarios para la implementación, ejecución y seguimiento de las acciones previstas en el Acta Acuerdo aprobada en el artículo precedente y a la suscripción de las Adendas previstas en la Cláusula QUINTA de la misma.
Texto dado por Ley Nº 3212.
Texto anterior dado por Ley Nº 3194: Artículo 2°: Autorízase el dictado de los actos administrativos necesarios para la implementación, ejecución y seguimiento de las acciones previstas en el Acta Acuerdo aprobada en el artículo precedente.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil diecinueve.
REGISTRADA BAJO EL N° 3194
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa -Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
EXPEDIENTE N° 16463/19
SANTA ROSA, 16DIC.2019
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N° 345/19
Sergio Raúl ZILIOTTO, Gobernador de La Pampa–Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Ministro de Educación-C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas-Ing.Juan Ramón GARAY, Ministro de Obras y Servicios Públicos -
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 16DIC.2019
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO(3194).
José Alejandro VANINI, Secretario General de la Gobernación