LEY Nº 2986
Aprobando el Convenio N° 2187, entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de La Pampa
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. Nº 3259 del 26-05-17.-
Promulgada el 12-05-17.-
Sancionada el 03-05-17.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°.- Apruébase el Convenio N° 2187, celebrado el día 31 de octubre de 2016 entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de La Pampa que, ratificado por Decreto N° 230/17, forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los tres días del mes de mayo de dos mil diecisiete.
Dra. Varinia Lis MARÍN Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Dip. Alicia Susana MAYORAL Vicepresidente 1º Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE N° 5882/17
SANTA ROSA, 12 DE MAYO DE 2017
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETO Nº 1164/17
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa – Fernanda Estefanía ALONSO Ministra de Desarrollo Social - C.P.N. Ernesto Osvaldo Franco Ministro de Hacienda y Finanzas.-
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 12 DE MAYO DE 2017
Registrada la presente Ley, bajo el numero DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS (2986).-
Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-