LEY Nº 2986

Aprobando el Convenio N° 2187, entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de La Pampa

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. Nº 3259 del 26-05-17.-

Promulgada el 12-05-17.-

Sancionada el 03-05-17.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

 

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio N° 2187, celebrado el día 31 de octubre de 2016 entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de La Pampa que, ratificado por Decreto N° 230/17, forma parte integrante de la presente Ley.

 

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los tres días del mes de mayo de dos mil diecisiete.

Dra. Varinia Lis MARÍN Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Dip. Alicia Susana MAYORAL Vicepresidente 1º Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE N° 5882/17

SANTA ROSA, 12 DE MAYO DE 2017

 

POR TANTO:

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 1164/17

Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa – Fernanda Estefanía ALONSO Ministra de Desarrollo Social - C.P.N. Ernesto Osvaldo Franco Ministro de Hacienda y Finanzas.-

 

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 12 DE MAYO DE 2017

Registrada la presente Ley, bajo el numero DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS (2986).-

Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-