LEY Nº 2944:
INCREMENTANDO EL MONTO ESTIMADO POR EL ARTÍCULO 2° E INCREMENTANDO EL TOTAL DE EROGACIONES ESTABLECIDOS POR EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY 2906, MODIFICADO POR LEY 2910
Estado de la norma: VIGENTE
Publicada en B.O. 3231 de fecha 11-11-2016
Promulgada el 04-11-16.
Sancionada el 27-10-16.
Operador del digesto: M.L.E.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA
CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1º: Increméntase en la suma de PESOS CIEN MILLONES DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL NOVECIENTOS ($100.226.900) el total del cálculo de recursos destinados a atender erogaciones a que se refiere el artículo 2°, de acuerdo a la distribución que se indica en el Anexo I de la presente Ley, incrementándose en consecuencia el monto estimado por el artículo 2° de la Ley 2906 modificado por Ley 2910.
Artículo 2°: Increméntase en la suma de PESOS CIEN MILLONES DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL NOVECIENTOS ($100.226.900) el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el ejercicio 2016, establecidos por el artículo 1° de la Ley 2906, modificado por Ley 2910, de acuerdo al Anexo II de la presente Ley.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil dieciséis.
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ Vicegobernador de La Pampa Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Dra. Varinia Lis MARÍN Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
ANEXO I
RECURSO 4120-11 FONDO INCENTIVO DOCENTE LEY 25053
$ 100.226.900
ANEXO II
C J UO C FYF S PP pp sp CL SCL
0 F 11 1 590 1 10 01 01 00 057
PARTIDA Nº
3089
DENOMINACIÓN
CRÉDITO PERS. RES. INCENTIVO DOCENTE
IMPORTE
$ 100.226.900
EXPEDIENTE N° 15374/16
SANTA ROSA, 4 DE NOVIEMBRE DE 2016
POR TANTO: Téngase por LEY de la Provincia; Dése, al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N° 3621/16
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa - C.P.N Ernesto Osvaldo FRANCO Ministro de Hacienda y Finanzas
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 4 DE NOVIEMBRE DE 2016
Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO (2944).
Ing. Juan Ramón GARAY Secretario General de la Gobernación.-